El TEDH condena a Suiza por la violación del artículo 5.4 CEDH (detención preventiva)
El TEDH ha dictado sentencia en el asunto Derungs c. Suiza (demanda nº 52089/09) alegando la violación del artículo 5.4 CEDH sobre el derecho de las personas privadas de libertad en detención preventiva o internamiento a presentar un recurso ante un órgano judicial para que se pronuncie en un breve plazo sobre la legalidad de su situación.
El caso concierne a un nacional suizo que fue condenado en 2002 a cinco meses de internamiento por conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas por un Tribunal de Zúrich. Esa decisión se estimó parcialmente por un Tribunal superior quien también ordenó su detención preventiva argumentando motivos psiquiátricos. En agosto de 2008 el demandante formuló varias peticiones de puesta en libertad pero fueron rechazadas en julio de 2009. El demandante se queja del lapso de tiempo entre la solicitud del cese de su detención preventiva el 21 de agosto de 2008 y la sentencia de la Corte Administrativa el 15 de julio de 2009. Además, con base en el artículo 5.4 CEDH también se queja de la negativa de Tribunal a celebrar un juicio.
El TEDH estima que el lapso de tiempo de casi once meses es difícilmente conciliable con la rapidez que fija el Convenio. Además indica que las complejidades del procedimiento procesal nacional no pueden servir de justificante para una demora en el proceso. En cuanto a la supuesta denegación de conceder audiencia al Sr. Derungs, el TEDH considera que no hubo violación del artículo 5.4 ya que aunque no tuvo audiencia ante un tribunal sí que la tuvo ante las autoridades penitenciarias y no invocó elementos que hiciesen necesaria una nueva audiencia.
Enlace: hudoc.echr.coe.int