El TEDH confirma la violación del CEDH por parte de Malta ante la solicitud de asilo de una joven somalí
El TEDH ha dictado sentencia en el caso Abdi Mahamud c. Malta (demanda nº 56796/13) alegando la violación de los artículos 3 y 5 CEDH. El caso concierne a una solicitante de asilo que fue retenida en un centro de detención de inmigrantes durante más de 16 meses. La demandante Sagal Abdi Mahamud, nacional somalí nacida en 1992 y que en el momento de presentar su demanda se encontraba detenida en el centro de detención Lyster Barracks en Malta – había llegado en barco a Malta en mayo de 2012 dónde, interceptada por la policía fue detenida inmediatamente en virtud de la disposición aplicable de la Ley de Inmigración maltesa.
Tras presentarse con una orden de expulsión como inmigrante ilegal, presentó una solicitud de asilo. Su solicitud fue rechazada en última instancia en base a que, como nacional somalí, podía regresar de manera segura a Mogadiscio. Como consecuencia de sus continuas hospitalizaciones fue remitida a la Agencia para el Bienestar de los Solicitantes de Asilo (AWAS) con vistas a obtener su liberación debido a sus problemas de salud física y psicológica. Tras comparecer en diciembre de 2012, en agosto de 2013 se le confirmó que iba a ser liberada y lo fue efectivamente en septiembre de ese mismo año.
Con base en el artículo 3 (prohibición de trato degradante o inhumano) la señora Abdi Mahamud se quejó de las condiciones de su detención desde mayo de 2012 hasta septiembre de 2013. Además hizo una reclamación en base al artículo 5.1 y 5.4 (derecho a la libertad y seguridad) especialmente por la duración de su detención.
En su sentencia el TEDH considera que se ha producido una vulneración de los artículos 3, 5.1 y 5.4 CEDH.
Enlace: hudoc.echr.coe.int