España incumple el artículo 11 CEDH por uso desproporcionado de la fuerza en dispersión policial
El TEDH ha dictado sentencia en el asunto Laguna Guzmán c. España (demanda n° 41462/17), declarando por unanimidad que España ha violado el artículo 11 CEDH (libertad de reunión y asociación).
El asunto revisa la actuación policial en la dispersión de una manifestación autorizada llevada a cabo en Valladolid en febrero de 2014, contra los recortes presupuestarios y el aumento del paro. La demandante alegó que cuando dispersaron por la fuerza una reunión espontánea que se había formado tras una manifestación oficial, las fuerzas del orden le causaron lesiones que derivaron en una invalidez permanente.
El TEDH sostiene en su sentencia que la manifestación espontánea fue pacífica hasta que fue dispersada por la policía y que la demandante no fue arrestada ni procesada por violencia. Considera el TEDH por tanto que el uso de la fuerza por parte de la policía no estaba justificada y es una violación desproporcionada de los derechos de la demandante.
Enlace: hudoc.echr.coe.int