Inadmisión de la demanda de un abogado que alegaba haber sido inhabilitado habiéndose vulnerado su derecho a un juicio justo
El TEDH ha dictado sentencia en el asunto Aslan Ismayilov c. Azerbaiyán (18498/15) publicada el 12 de marzo de 2020, inadmitiendo una demanda que invocaba la violación del artículo 6.1 CEDH (derecho a un juicio justo), en un procedimiento en el que se inhabilita a un abogado, por no encontrarse fuera de plazo.
El litigio tiene como origen la disputa mantenida entre un juez y el demandante, abogado de profesión, disputa tras la cual el juez requirió que la Abogacía de Azerbaiyán revisase el comportamiento del abogado, alegando que había entrado de manera ilegal a su despacho, insultándole y amenazándoles para que le devolviese unos documentos que habían sido aportados al procedimiento en la vista que acababa de tener lugar. El abogado, por su parte, negó haber mantenido esta conducta.
La comisión disciplinaria de la Abogacía azerbayana derivó a la jurisdicción ordinaria el asunto, culminando en una sentencia que declaraba que el abogado debía ser inhabilitado. Éste interpuso demanda ante el TEDH, alegando la violación del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos humanos por falta de motivación.
El TEDH inadmitió la demanda por expiración del plazo para interponer la demanda.
Enlace: hudoc.echr.coe.int