La ausencia voluntaria del acusado durante el juicio no viola el artículo 6.1 CEDH en relación con un juicio justo

El TEDH ha dictado sentencia en el asunto Ait Abbou c. Francia ( demanda n° 44921/13). El demandante, de nacionalidad marroquí y residente en Francia, fue acusado en 2009 de posesión ilegal de 300kg de cannabis, importación, adquisición, tráfico de drogas y por su participación en una conspiración criminal a fin de cometer un delito punible, penado con diez años de prisión.

La policía francesa inició su búsqueda y captura sin resultado. Su única residencia conocida hasta la fecha era el domicilio familiar, aunque su familia admitió no conocer el paradero de su hijo.

En agosto de 2010, se inició el juicio, donde fue acusado de importación, tráfico de drogas, compra y posición de drogas, conspiración criminal, mientras éste continuaba en paradero desconocido. Fue declarado culpable de todos los cargos, excepto por la importación de drogas y fue condenado sentencia de 5 años de pena de cárcel. Finalmente fue arrestado el 14 de febrero de 2011. Su abogado solicitó la nulidad de la sentencia, argumentando que su defendido desconocía del proceso judicial emprendido contra él y que durante este periodo de tiempo estaba viviendo con su novia, sin aportar nombre ni dirección del domicilio de ésta.

El 8 de julio de 2011, el Tribunal Penal declaró que había serias evidencias de que el demandante continuaba viviendo con sus padres, y por tanto era consciente de que era buscado por la policía, consecuentemente, se encontraba en paradero desconocido voluntariamente. En relación con las evidencias recogidas en la investigación, el Tribunal consideró que no eran concluyentes y por lo tanto, absolvió al demandante de todos los cargos. Esta sentencia fue recurrida por la Fiscalía.

En el Tribunal de Apelación, se concluyó probado que Ait Abbou continuaba manteniendo relación con sus padres y que era consciente de la existencia del proceso penal abierto contra él. Respecto a las evidencias contra él, consideró que fueron suficientes para considerarlo culparlo de  transporte, posesión y compra de drogas y participación en una conspiración criminal. Dictando sentencia de 5 años  de prisión para Ait Abbou. Esta sentencia fue recurrida el 16 de enero de 2013.

El Tribunal de Casación, confirmó el razonamiento de la sentencia del Tribunal de Apelación, en el sentido de que el demandado no podía ignorar que era buscado por la policía y que había huido voluntariamente.

El 12 de julio de 2013, fue presentada una demanda por parte del demandante  ante el TEDH, motivando la violación del artículo 6.1 CEDH en relación con un juicio justo. El TEDH dictó que la motivación de la demanda no es consistente y por lo tanto, no se sostiene la violación del artículo 6.1  CEDH en este caso.

Enlace: hudoc.echr.coe.int

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