La falta de adopción de todas las medidas necesarias para garantizar el rápido regreso de sus hijos supone una violación del CEDH
El TEDH ha dictado sentencia en el caso Severe c. Austria (demanda no. 53661/15), en el marco de una decisión relativa al secuestro de unos hijos por parte de su madre de Francia a Austria, y el presunto incumplimiento por parte de las autoridades austriacas al no haber adoptado todas las medidas necesarias para garantizar el regreso rápido de sus hijos a Francia.
El demandante, Michel Sévère, de nacionalidad francesa fue padre de dos gemelos en 2006. La progenitora de nacionalidad francesa y austriaca, tras una disputa con el demandante en Diciembre de 2008, abandonó Francia para dirigirse a Viena con sus dos hijos. A continuación, se llevaron a cabo numerosos procedimientos en Francia y Austria. Por un lado, en Francia se celebraron procedimientos de custodia en los que se decidió la custodia compartida, con residencia principal de los hijos con su progenitor. Por otro lado, se iniciaron procedimientos penales contra la madre por secuestro de los niños. Asimismo, en Austria se suspendieron dos investigaciones penales en 2009 y 2011. La primera se dirigía contra el Sr. Sévère por abuso sexual de menos y la segunda iniciada con la madre por el secuestro de los hijos. Además, el demandante interpuso un recurso en Austria para el regreso de sus hijos en virtud de la Convención de La Haya (Sobre los aspectos civiles de sustracción internacional de menores). En esos procedimientos, los tribunales austriacos examinaron atentamente las denuncias de abusos sexuales interpuestas por la madre, sin embargo los tribunales los desestimaron por improbables y dictaron una orden de restitución de los hijos que se hizo firme en Octubre de 2009. Meses más tarde, las autoridades intentaron hacer cumplir esta orden, pero esta resultó infructuosa ya que ni la madre, ni tampoco los niños se encontraban en la dirección debida. A lo largo de los cinco años y medio siguientes se presentaron numerosas acciones por ambas partes con intensos intercambios con las autoridades francés, en audiencias orales y en numerosas decisiones donde las autoridades austriacas tendieron cada vez más a reevaluar la orden de devolución de los niños. Finalmente, en Abril de 2015, decidieron contra la ejecución de la orden de devolución argumentando que los hijos podrían quedar traumatizados debido a la separación de su madre.
Basándose en el artículo 8 CEDH, el Sr. Sévère denunció que las autoridades austriacas no habían adoptado todas las medidas para garantizar el regreso rápido de sus hijos a Francia y en particular que no habían hecho suficientes intentos para localizar a los niños y a su madre, ni tampoco, intentado ninguna otra medida coercitiva.
Por todo ello, el TEDH falló en favor del demandante, declarando la violación del Artículo 8 de la CEDH e imponiendo una indemnización y la condena en costas.
Enlace: hudoc.echr.coe.int