Las autoridades francesas deben poner fin al problema de la superpoblación en las prisiones y las condiciones degradantes de detención
El TEDH ha dictado sentencia en el asunto J.M.B. y otros c. Francia (demanda n° 9671/15 y otras 31), declarando unánimemente que ha habido una violación del artículo 13 CEDH y del artículo 3 CEDH (prohibición de los tratos inhumanos o degradantes).
Los 32 asuntos se refieren a las malas condiciones de detención en los centros de Ducos (Martinica), Faa’a Nuutania (Polinesia Francesa), Baie-Mahault (Guadalupe), así como en las cárceles de Nîmes, Niza y Fresnes, cárceles superpobladas, y donde deberían aplicarse recursos preventivos para que los reclusos afectados puedan mejorar su situación.
El TEDH considera que a la mayoría de los demandantes se les dio espacio personal inferior a la norma mínima requerida de 3 m² durante toda su detención, situación agravada por la falta de privacidad en el uso del baño. Para los demandantes que tienen más de 3m2 de espacio personal, el TEDH considera que los establecimientos en los que se encuentran recluido no reúnen las condiciones de detención y las condiciones de encarcelamiento mínimas en cuanto a libertad de movimiento y suficientes actividades fuera de las celdas.
El TEDH sostiene en su sentencia los recursos preventivos – la libertad provisional y las órdenes de medidas cautelares – son ineficaces en la práctica. El TEDH considera que la facultad de prohibición del juez administrativo tiene alcance limitado. A pesar de la evolución favorable de la jurisprudencia, el hacinamiento en las prisiones y la obsolescencia de algunas instituciones excluye la posibilidad, a través de estas opciones a las personas detenidas, para poner fin completa e inmediatamente a los graves abusos contra sus derechos fundamentales.
A la luz del artículo 46 CEDH, el TEDH considera que los índices de ocupación de las prisiones en cuestión revelan la existencia de un problema estructural. El TEDH recomienda a Francia que considere la adopción de medidas generales para eliminar el hacinamiento y mejorar las condiciones materiales de detención, y establezca recursos preventivos efectivos.
Enlace: hudoc.echr.coe.int