Vulneración del Convenio de Derechos Humanos por la falta de obtención del consentimiento escrito antes de una operación quirúrgica

El TEDH ha dictado sentencia en el asunto Reyes Jiménez c. España, número de demanda 57020/18, estimando la vulneración del derecho al respeto a la vida privada y familiar, recogido en el artículo 8 CEDH.

El caso se refería a un grave deterioro de la salud física y neurológica del demandante, que en aquellos momentos era menor de edad, y que se encuentra, actualmente, en un estado de total dependencia e incapacidad tras tres operaciones quirúrgicas, a las que se sometió para extirpar un tumor cerebral.

Ante el TEDH, el demandante, representado por su padre, denunció el incumplimiento del requisito del consentimiento informado por escrito en una de las operaciones. El TEDH concluyó que los tribunales nacionales, desde el Tribunal Superior de Justicia de Murcia hasta el hasta el Tribunal Supremo español, no habían respondido adecuadamente a la exigencia de la ley española de obtener el consentimiento por escrito en estos casos. Si bien el Convenio no exige en absoluto que dicho consentimiento informado por escrito, siempre que sea inequívoco, el Tribunal observó que las disposiciones de la legislación española sobre la autonomía del paciente y los derechos y obligaciones en el ámbito de la información, respaldadas por la práctica interna, exigen explícitamente a los médicos que proporcionar a los pacientes la información previa adecuada y pertinente para garantizar el consentimiento informado a las operaciones quirúrgicas. Dicha información debe abarcar también los riesgos inherentes.

En conclusión, el sistema nacional español no había dado una respuesta adecuada a la pregunta si los padres del demandante habían dado efectivamente su consentimiento informado a cada una de las operaciones quirúrgicas, de acuerdo con el derecho interno. Por ende, se había producido una violación del artículo 8 del Convenio debido a la injerencia en la vida privada del demandante.

Enlace: hudoc.echr.coe.int

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