El Abogado General Mengozzi propone al TJUE declarar incompatible con el Derecho de la Unión la pérdida automática de nacionalidad

El Abogado General del TJUE ha presentado sus conclusiones en el asunto C-221/17. Ante la negativa del Ministerio de Asuntos Exteriores a examinar sus solicitudes de renovación del pasaporte, varios nacionales neerlandeses dotados de una segunda nacionalidad de países no miembros de la Unión Europea impugnaron estas decisiones ante los tribunales de los Países Bajos. El Ministerio les aplicó la Ley sobre la Nacionalidad Neerlandesa, que establece que una persona mayor de edad pierde tal nacionalidad si también posee otra nacionalidad extranjera y durante su mayoría de edad ha fijado su residencia principal fuera de los Países Bajos y de la Unión Europea durante un período ininterrumpido de diez años. El menor de edad también pierde la nacionalidad neerlandesa si su padre o su madre pierden dicha nacionalidad.

En lo que atañe a la situación de los menores de edad, el Abogado General considera que la Ley neerlandesa es incompatible con el Derecho de la Unión. De este modo, tanto la autonomía de la condición de ciudadano de la Unión de los menores de edad como la necesidad de tomar en consideración el interés superior del niño implican que, al aplicar una normativa de un Estado miembro que conlleva la pérdida de la nacionalidad para sus nacionales menores de edad, así como de la ciudadanía de la Unión, los menores de que se trata deben poder disfrutar de los mismos derechos procesales y sustantivos reconocidos a los mayores de edad. Asimismo, el hecho de que, una vez adquirida la mayoría de edad, un niño pueda recuperar la nacionalidad neerlandesa en determinas condiciones no compensa por sí solo la circunstancia de que durante su minoría de edad nunca debería haber perdido la nacionalidad en cuestión si se hubieran tomado debidamente en consideración el interés superior del niño y su estatuto de ciudadano de la Unión. En consecuencia, el Abogado General propone al Tribunal de Justicia declarar la Ley neerlandesa incompatible con el Derecho de la Unión por lo que respecta a la situación de los menores.

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