El TJUE confirma la validez de la nueva Directiva de la UE sobre los productos del tabaco
El TJUE ha dictado sentencia en el asunto C-358/14, Polonia y Rumanía contra Parlamento Europeo y Consejo de la UE, apoyados por la Comisión Europea, Irlanda, Francia y Reino Unido. La Directiva 2014/40/UE sobre los productos del tabaco, que sustituye a la Directiva 2001/37/CE, establece las normas aplicables a la fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco y productos relacionados. En concreto la Directiva prevé que a partir del 20 de mayo de 2020 se prohíba la comercialización de productos del tabaco con un aroma característico, que se uniformicen el etiquetado y empaquetado de los productos del tabaco e instaura un régimen específico para los cigarrillos electrónicos.
Polonia, apoyada por Rumanía, impugna ante el TJUE la prohibición de los cigarrillos mentolados. Por su parte, el Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales solicita al TJUE que dilucide si son válidas una serie de disposiciones de la Directiva. Mediante su sentencia el TJUE desestima el recurso de Polonia y confirma la validez de las disposiciones de la Directiva.
Respecto a la prohibición de los cigarrillos mentolados, el TJUE estima que con su aroma agradable, se hace más atractivo para los consumidores los productos del tabaco, y reducir el atractivo de estos productos puede reducir la prevalencia del tabaquismo y la dependencia al tabaco. Además, la prohibición evita las normativas divergentes entre los Estados miembros respecto a las listas de aromas autorizados o prohibidos. Respecto a la uniformización del etiquetado y del empaquetado de los productos del tabaco, el TJUE estima que los Estados miembros no pueden mantener o establecer nuevas exigencias que no estén armonizadas por la Directiva. En cuanto al régimen específico aplicable a los cigarrillos electrónicos, el TJUE declara que el legislador de la UE no ha violado el principio de igualdad de trato al someter a estos cigarrillos a un régimen distinto, y además, menos estricto que el aplicable a los productos del tabaco.
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