El TJUE no acepta la clasificación de enseñanza escolar o universitaria de la enseñanza de conducción automóvil en términos de exención del IVA
El TJUE ha dictado Sentencia en el asunto nº C-449/17 estableciendo que la enseñanza de conducción automóvil no es una enseñanza escolar o universitaria exenta de IVA.
Una autoescuela privada impugna ante los Tribunales alemanes la negativa de las autoridades tributarias alemanas a eximirle del pago del IVA respecto de los cursos de conducción automóvil que imparte.
En este sentido, los Tribunales alemanes pretenden saber si el concepto de “enseñanza escolar o universitaria” cubre la enseñanza de la conducción automóvil en cuestión.
Según el TJUE, el concepto de «enseñanza escolar o universitaria» se refiere a un sistema integrado de transmisión de conocimientos y competencias relativas a un conjunto amplio y diversificado de materia, así como a la profundización y al desarrollo de esos conocimientos y de esas competencias por los alumnos y los estudiantes a medida de su progresión y de su especialización en el seno de los distintos grados constitutivos de ese sistema. Por lo tanto, si bien es cierto que la enseñanza de conducción automóvil tiene por objeto la transmisión de conocimientos teóricos y prácticos, esta no deja de ser una enseñanza especializada, por lo que, en términos de la Directiva Europea, la enseñanza escolar o universitaria no abarca la enseñanza de la conducción automóvil impartida por una autoescuela para la obtención de los permisos de conducción para vehículos de las categorías B y C1.
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