Las exenciones fiscales pueden ser regímenes de ayudas

El TJUE ha dictado sentencia en el asunto Comisión c. Magnetrol International (asunto C-337/19 P). El TJUE concluye en su sentencia que las exenciones fiscales concedidas por Bélgica a sociedades multinacionales mediante decisiones constituyen realmente un régimen de ayudas. El TGUE se pronunció en un primer momento sobre el asunto, anulando la decisión de la Comisión Europea que consideraba que el sistema era un régimen de ayudas.

El TJUE recuerda en su sentencia que la calificación de una medida estatal como régimen de ayudas presupone la concurrencia de tres requisitos acumulativos. En primer lugar, las ayudas pueden concederse individualmente a las empresas basándose en un dispositivo. En segundo lugar, no se requiere medida de aplicación adicional alguna para la concesión de dichas ayudas. En tercer lugar, las empresas a las que pueden concederse las ayudas individuales deben definirse «de forma genérica y abstracta».

Así, el TGUE incurrió en una serie de errores de Derecho, según el TJUE, en relación con los dos primeros requisitos que viciaron su apreciación relativa a la definición de los beneficiarios de la exención de los beneficios extraordinarios.

El TJUE anula, por consiguiente, la sentencia del TGUE. En cambio, declara que el litigio no está en condiciones de ser resuelto y devuelve el asunto al TGUE para que este se pronuncie sobre los referidos aspectos del caso.

Contra la sentencia del TGUE podrá interponerse un recurso de casación, limitado a las cuestiones de Derecho, ante el TJUE.

Enlace: curia.europa.eu

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