Según el Abogado General, el acuerdo de pesca entre la UE y Marruecos no es válido por invadir la soberanía del Sáhara Occidental sobre sus recursos naturales
El abogado generaldel TJUE Wathelet presentó sus conclusiones generales sobre el asunto C‑266/16, relativo a la interpretación de la decisión prejudicial planteada para determinar la validez del Acuerdo de colaboración en el sector pesquero entre la Unión Europea y Marruecos.
La Unión Europea y Marruecos celebraron un Acuerdo de pesca en 2006. Western Sahara Campaign (WSC) es una organización de voluntariado existente en Reino Unido que promueve el reconocimiento del derecho a la libre determinación del pueblo saharaui. WSC alegó ante el Tribunal Supremo de Justicia (Inglaterra y Gales – Sección de lo Contencioso-Administrativo), Reino Unido que dicho Acuerdo celebrado entre la UE y Marruecos no es válido en la medida en que se aplican al territorio y las aguas del Sáhara Occidental.
El TS británico preguntó al TJUE si, asociaciones como WSC tienen derecho a cuestionar la validez de actos de la Unión porque éstos incumplan el Derecho Internacional y, si el Acuerdo de pesca es válido a la luz del Derecho de la Unión.
Wertern Sahara Campaign invocó, contra dicho acuerdo, el derecho a la libre determinación, el principio de soberanía permanente sobre los recursos naturales, en la medida en que éste obliga a que la explotación de los mismos redunde en beneficio del pueblo del Sáhara Occidental, y las disposiciones de Derecho internacional humanitario de aplicación a la conclusión de acuerdos internacionales de explotación de los recursos naturales de territorios ocupados.
El Abogado General Wathelet explicó que al celebrar dicho Acuerdo, la Unión incumplió su obligación de respetar el derecho del pueblo del Sáhara Occidental a la libre determinación y su obligación de no reconocer una situación ilegal resultante de la vulneración de dicho derecho, además de no instaurar las garantías necesarias para garantizar que la explotación de los recursos naturales del Sáhara Occidental redunde en beneficio del pueblo de dicho territorio.
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