Organigrama

El Consejo General tiene una estructura formada por tres órganos rectores.

1.- El Pleno (integrado por la presidencia, los 83 decanos y decanas de los Colegios de la Abogacía, 12 consejeros electivos y consejeras electivas entre “abogados y abogadas de reconocido prestigio”, los presidentes y presidentas de los Consejos Autonómicos de Colegios de la Abogacía,  quien ostente la presidencia de la Mutualidad General de la Abogacía y, con voz y sin voto, la presidencia de la Confederación Española de la Abogacía Joven)

2.- La Comisión Permanente compuesta por

MIEMBROS DE LA COMISIÓN PERMANENTE


Salvador González 
Presidente de la Abogacía

Encarna Orduna 
Secretaria General

Cristina Llop 
Tesorera
Eugenio Ribón
Eugenio Ribón 
Decano de Madrid

José Soriano
Decano de Valencia

Maravillas Hernández
Decana de Murcia

Leandro Cabrera
Decano de Granada

Augusto Pérez- Cepeda
Decano de A Coruña

Antonio González Busto
Decano de Oviedo

Alicia Escudero

Decana de Tafalla

María Sonsoles Jiménez
Decana de Ávila

María Hilari
Decana de Figueres

Jesús Sánchez
Decano de Barcelona

Martín Aleñar
Decano de Illes Balears

Federico Fernández
Decano de Jerez

Miguel Hermosa
Decano de Palencia

Ana Isabel Soria
Decana de Huesca

3.- El presidente del Consejo General de la Abogacía Española, Salvador González Martín, cuyas funciones están definidas en el artículo 104 del Estatuto General de la Abogacía Española (EGAE) , que son las siguientes:

  1. Ostentar la representación del Consejo General y, en consecuencia, ostentar la representación de la Abogacía Española y ser portavoz del conjunto de los Colegios de la Abogacía de España.
  2. Velar por el prestigio de la profesión de profesional de la Abogacía.
  3. Defender los derechos de los Colegios de la Abogacía y de sus colegiados cuando sea requerido por el Colegio respectivo y proteger la lícita libertad de actuación de los profesionales de la Abogacía y de las sociedades profesionales.
  4. Convocar y presidir, fijando el orden del día, las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente, así como de las demás Comisiones ordinarias o extraordinarias, decidiendo los empates con voto de calidad.
  5. Proponer el nombramiento de ponencias para preparar la resolución o despacho de un asunto.
  6. Autorizar con su firma los acuerdos del Pleno y de la Comisión Permanente y velar por su correcta ejecución.
  7. Ejercer la superior dirección de la actividad de los órganos del Consejo General.
  8. Las que le hayan sido delegadas por el Pleno.
  9. Cuantas otras le correspondan por disponerlo así las disposiciones vigentes y especialmente este Estatuto.

 

En la actualidad existen 13 Comisiones determinadas por el Pleno, con las siguientes subcomisiones y grupos de trabajo:

1. Comisión de Presidencia

2. Comisión de Formación

3. Comisión para el Fomento de la Conciliación, Desconexión Digital y Bienestar de la Abogacía

4. Comisión de Deontología Profesional

5. Comisión de Ordenación Profesional

  • Subcomisión de Derecho de la Competencia y Defensa de los Consumidores
  • Subcomisión de Órgano de Prevención de Blanqueo de la Abogacía
  • Grupo de Trabajo sobre la protección del profesional de la abogacía frente a las Plataformas Digitales

6. Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita y Función Social de la Abogacía

  • Subcomisión de Derecho Penitenciario
  • Subcomisión de Extranjería y Protección Internacional
  • Subcomisión de Infancia y Adolescencia
  • Grupo de Trabajo del Turno de Oficio en Territorio Común
  • Grupo de Trabajo Personas con Discapacidad

7. Comisión de Igualdad

  • Subcomisión de Violencia sobre las Mujeres

8. Comisión de Estudios, Informes y Proyectos

  • Subcomisión de Derecho Civil
  • Subcomisión de Derecho Penal
  • Subcomisión de Derecho Contencioso-Administrativo
  • Subcomisión de Derecho Laboral
  • Subcomisión de Derecho Mercantil y Concursal
  • Subcomisión de Derecho Tributario

9. Comisión de Relaciones con la Administración de Justicia

  • Subcomisión de Organización Judicial y del Ministerio Fiscal

10. Comisión de Innovación y Desarrollo Tecnológico de la Abogacía

  • Subcomisión de Justicia Digital
  • Grupo de Trabajo SIGA

11. Comisión de Previsión Social

12. Comisión de Medios Adecuados de Solución de Controversias

 

COMISIONES ESPECIALES:

13. Comisión especial para la Ley Asistencia Jurídica Gratuita

 

Además, existen otros grupos de trabajo:

  • Coordinación de Consejos y Colegios
  • Oficina de Representación Institucional (ORI)
  • Oficina de Acción Exterior (OAE)

Funciones del Consejo General

Entre las múltiples funciones del Consejo destacan:

  • Representar a la Abogacía Española y ser portavoz del conjunto de los Colegios de Abogados de España.
  • Velar por el prestigio de la profesión de abogado y exigir a los Colegios de Abogados y a sus miembros el cumplimiento de sus deberes.
  • Elaborar el Estatuto General de la Abogacía Española y aprobar los Estatutos particulares elaborados por cada Colegio.
  • Formar y mantener actualizado el censo de los abogados españoles y llevar el fichero y registro de sanciones que afecten a los mismos.
  • Establecer la necesaria coordinación entre los Colegios y los Consejos Autonómicos y resolver los recursos contra los acuerdos de los órganos de los Colegios de Abogados y/o de los Consejos Autonómicos.
  • Informar preceptivamente de todo proyecto de modificación de la legislación sobre Colegios Profesionales de Abogados.
  • Emitir los informes que le sean solicitados por la Administración, Colegios de  Abogados y Corporaciones oficiales respecto a asuntos relacionados con sus fines o que acuerde formular por propia iniciativa; proponer las reformas legislativas que estime oportunas e intervenir en todas las cuestiones que afecten a la Abogacía Española.
  • Defender los derechos de los Colegios de Abogados, así como los de sus colegiados y proteger la lícita libertad de actuación de los abogados.
  • Impedir por todos los medios legales el intrusismo y la clandestinidad en el ejercicio profesional, impedir y perseguir la competencia ilegal o desleal    y velar por la plena efectividad de las disposiciones que regulan las incompatibilidades en el ejercicio de la Abogacía.
  • Autorizar la creación de Escuelas de Práctica Jurídica de los Colegios de Abogados, homologarlas y coordinar y supervisar su funcionamiento, previo informe del Colegio respectivo.

En definitiva, el Consejo General defiende activamente los derechos de los Colegios y de los abogados, vela por el correcto ejercicio de la profesión de abogado y el cumplimiento de sus obligaciones deontológicas y defiende los derechos fundamentales de los ciudadanos.

 

 

 

 

 

 

Última actualización: 25/11/2024