El abogado o abogada puede reclamar su minuta, cuando el beneficiario/a de justicia gratuita haya ganado el juicio, obteniendo un beneficio económico y no se haya hecho en la sentencia expreso pronunciamiento en costas.
También el profesional de la abogacía podrá reclamar su minuta cuando la Comisión de Justicia Gratuita desestimara la pretensión del solicitante y hubiese habido designación provisional de abogado o abogada, quedando entonces dicha designación provisional sin efecto, y pudiendo el letrado/a reclamar los honorarios ocasionados por la intervención realizada hasta la desestimación definitiva de la resolución.