¿Están todos los países obligados a concederlo?

En términos genéricos se usa en dos sentidos: el derecho de conceder el asilo (un Estado puede dar asilo en su territorio a cualquier persona a su plena discreción), y el derecho de toda persona a buscar asilo y a disfrutar de él en cualquier país. (Art. 1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de 1948) (Glosario OIM).
Frente al derecho de todo extranjero a solicitar la protección internacional, no existe una correlativa obligación del Estado a reconocer el asilo, sin perjuicio de que la decisión que adopte sea revisable ante los Órganos Jurisdiccionales.
Los Estados que voluntariamente se vinculan a instrumentos internacionales sobre protección internacional quedan obligados a respetar los derechos protegidos en esos instrumentos.

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