La solicitud de cambio de abogado o abogada por pérdida de confianza la tiene que llevar a cabo el beneficiario/a de justicia gratuita ante el Colegio profesional que hubiera realizado la designación. El Colegio dará traslado en el plazo de cinco días de la solicitud al abogado o abogada cuya sustitución se interesa, resolviendo a continuación de forma motivada en el plazo de quince días.
Dicha resolución deberá notificarse a los interesados/as y a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, quien podrá en su caso, denegar la solicitud de cambio de letrado o letrada.
La resolución que deniegue el cambio de letrado podrá ser susceptible de impugnación por el beneficiario/a de justicia gratuita.