¿Qué documentación tengo que presentar para ser beneficiario/a de Justicia Gratuita?

No todos los documentos que se relacionan a continuación son necesarios en todos los casos, sino que habrá que atender a cada caso, en función del lugar de residencia del solicitante y de las circunstancias que haya alegado en su solicitud, que serán las que deberá acreditar documentalmente. En todo caso, a continuación se facilita una lista orientativa de qué documentación puede ser necesario aportar:

Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del solicitante.

Certificado de liquidación del IRPF o certificado de no haber presentado la documentación (de toda la unidad familiar, en el caso de no estar obligados

Certificado Catastral bienes inmuebles

Nota Simple de registro de la Propiedad si se alegan cargas sobre el inmueble

Certificados de altas y bajas de la Seguridad Social

Certificado de empresa que acredite los ingresos brutos anuales

Certificado de liquidación del Impuesto sobre Sociedades (en el caso de personas jurídicas).

Fotocopia de la declaración de utilidad pública o de la inscripción en el Registro de Fundaciones (en el caso de personas jurídicas).

Certificado de signos externos del Ayuntamiento donde radica el domicilio.

Certificado de empadronamiento.

Certificado del INEM de periodo de desempleo y percepción de subsidios.

Certificado de cobro de pensiones publicas

Certificado del Servicio Público de Empleo Estatal ( SEPEE) en el que conste la percepción de ayuda por desempleo y periodo al que se extiende

Otros (cualquier documento que sirva para acreditar los datos alegados).

No obstante, con el objeto de agilizar el trámite de solicitud los Colegios de la Abogacía podrán, en el caso de que se les autorice de forma expresa, solicitar en nombre de los justiciables varios de estos certificados. El Expediente Electrónico de Justicia Gratuita permite agilizar los trámites y evitar desplazamientos al ciudadano.

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