08 junio 2017

La negociación colectiva y el procedimiento laboral centran la Jornada en Bolivia sobre el derecho laboral en Latinoamérica y España

Los días 5 a 8 de junio, se celebra en Santa Cruz de la Sierra (Bolivia), un curso sobre “El derecho laboral en Latinoamérica y España: derecho sindical, organizaciones empresariales y diálogo social”. El curso, continuación de los celebrados años anteriores sobre los  aspectos laborales y penales y la protección del trabajador y responsabilidad empresarial, se desarrolla dentro del plan Intercoonecta de la Agencia Española de Cooperación Internacional y como materialización de la colaboración institucional que el Consejo lleva a cabo con dicha Institución.

El día 7 de junio el tema central de las intervenciones fue la negociación colectiva y el procedimiento laboral. Intervinieron en primer lugar Rosa Rodríguez y Rafael Ángel Brenes, del tribunal de trabajo de menor cuantía de Costa Rica, quienes explicaron el derecho a la sindicación, los derechos y deberes de los representantes sindicales, la garantía y el crédito horario y el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo.

Derecho laboral en latinoamérica y españa (2)Rosa Rodríguez tras exponer los antecedentes históricos del sindicalismo en España, centró su intervención en los derechos y deberes de los representantes sindicales. En este punto destacó los derechos establecidos en la Ley Orgánica de representación sindical española y las consecuencias de la transgresión de los derechos por parte del empresario. La libertad de expresión y el crédito horarios, el permiso retribuido para el ejercicio de la actividad sindical, la figura del liberado sindical, la prioridad para permanecer en la plantilla en los expediente de regulación de empleo, la obligación de incoación de expediente informativo, contradictorio, en los expediente incoados a los representantes sindicales y a calificación en cualquier caso como nulo el despido de los mismos.

Por su parte Rafael Ángel Brenes, en el contexto de la normativa Costarricense que ratificó el Convenio del 1998 de la OIT, puso de manifiesto la aplicación de dicho Convenio desde el punto de partida de que no se refleja en Costa Rica el principio esencial del convenio de la no injerencia del empleador en la actividad sindical,  tampoco existe el crédito horario en sentido estricto por lo que han de regirse por jurisprudencia y en los distintos convenios colectivos. Tras un repaso por la normativa regulatoria en la materia, finalizó su intervención poniendo de manifiesto la reforma laboral en que se está trabajando actualmente en la que se amplían los derechos y garantías de los representantes sindicales.

Derecho laboral en latinoamérica y españa (3)Marcos Camacho y Sergio Delgado Baca, jefe de división de emisión de licencias de la municipalidad provincial del Cusco, Perú, centraron su intervención en el funcionamiento de las elecciones sindicales, su promoción, funcionamiento y desarrollo en los respectivos países. Marcos Camacho destacó la obligación de las empresas de promover las elecciones sindicales garantizando la libre concurrencia de todos los sindicatos y trabajadores, el sufragio libre, personal y secreto, la revocación de los representantes sindicales, la concurrencia de varias convocatorias, la no injerencia del empresario y la figura de los observadores del proceso electoral, fueron algunos de los temas desarrollados.

Seguidamente el Sergio Delgado, realizó una pormenorizada exposición del procedimiento de selección sindical en Perú, destacando la importancia del acto del sufragio y tras la verificación del escrutinio de votos, la automática proclamación de los elegidos y, en caso de empate la nueva convocatoria para el día siguiente.

En la sesión de tarde Ignacio Cuesta Areces, explicó la intervención de los sindicatos en el procedimiento laboral, en el proceso en defensa de intereses colectivos, destacando el reconocimiento de la legitimación de un sindicato para accionar en cualquier proceso en que estén en juego intereses colectivos de los trabajadores, con la exigencia de la vinculación de la actividad que desarrolla el sindicato y el objeto del conflicto, la implantación sindical suficiente, y las distintas formas de intervención del sindicato en el proceso, así como la legitimación de los representantes de los trabajadores para intervenir en el proceso de ejecución, las distintas formas de intervención del sindicato en el proceso, los tipos de litigios Finalmente el sr. Cuesta efectuó una especial referencia al procedimiento concursal.

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