03 agosto 2014
Otras salidas para profesionales del Derecho
Los graduados y licenciados en Derecho, aparte del ejercicio de la Abogacía, tienen otras salidas profesionales vinculadas al empleo público, aunque con las peculiaridades del ejercicio profesional autónomo (caso de registradores de la Propiedad y notarios)
El Cuerpo de Abogados del Estado está adscrito al Ministerio de Justicia, y tiene respecto a sus funcionarios las competencias propias de dicha adscripción.
Los funcionarios del Cuerpo de Abogados del Estado tendrán atribuidas, con carácter exclusivo, las funciones de asistencia jurídica al Estado e Instituciones Públicas y figurarán dentro de la relación de puestos de trabajo de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.
El Ministerio Fiscal es un órgano integrado dentro del Poder Judicial que actúa con autonomía en cuanto al desempeño de sus funciones y ejerce su misión por medio de órganos propios, actuando de forma coordinada y unitaria en todo el territorio del Estado. Su ingreso es por oposición.
El Ministerio Fiscal está organizado de forma jerárquica y estructurada (por ejemplo, el Fiscal General del Estado está asistido por el Consejo Fiscal), debiendo actuar en todo caso conforme a la Ley y de forma imparcial.
Los jueces y magistrados forman el poder judicial y se ocupan de administrar la Justicia en nombre del Rey. La LOPJ establece que los jueces y magistrados profesionales llevarán a cabo estas funciones jurisdiccionales en los juzgados y tribunales.
A los jueces y magistrados, en el ejercicio de su cargo, se les exige que sean independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente a la ley. Ingresan por oposición y superando el curso de la Escuela Judicial.
Los jueces y magistrados no podrán ser separados, suspendidos, trasladados ni jubilados, sino por alguna de las causas y con las garantías previstas en la ley.
Los registradores de la Propiedad, Bienes Muebles y Mercantiles son funcionarios públicos del Estado, licenciados o graduados en Derecho que acceden al cargo mediante oposición y cuya función es la llevanza de los Registros de la Propiedad, Bienes Muebles y Mercantiles existentes en España.
Ejercen profesionalmente y bajo su responsabilidad las funciones públicas que les atribuyen las leyes en general y en particular la legislación hipotecaria, mercantil y administrativa, y en virtud del carácter de funcionarios públicos que les reconoce la Ley Hipotecaria, tienen los derechos reconocidos por las leyes administrativas.
Como funcionarios públicos serán titulares indisolublemente de las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario que vengan determinadas en la demarcación registral.
El notario es el funcionario público autorizado para dar fe, conforme a las leyes, de los contratos y demás actos extrajudiciales.
Los notarios son a la vez profesionales del Derecho y funcionarios públicos. Correspondiendo a este doble carácter la organización del Notariado tiene las siguientes funciones:
- Como profesionales del Derecho tienen la misión de asesorar a quienes así lo reclaman y aconsejarles los medios jurídicos más adecuados para el logro de los fines lícitos que aquéllos se proponen alcanzar.
- Como funcionarios, ejercen la fe pública notarial, que tiene y ampara un doble contenido:
- En la esfera de los hechos: el Notario dará exactitud de todo aquellos que vea, oiga o perciba.
- Y en la esfera del Derecho, dará autenticidad y fuerza probatoria a las declaraciones de voluntad de las partes en un instrumento público que redactará conforme a las leyes.
Los letrados de la Administración de Justicia son funcionarios públicos que constituyen un Cuerpo Superior Jurídico, único, de carácter nacional, al servicio de la Administración de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia, y que ejercen sus funciones con el carácter de autoridad. Acceden por oposición.
- En el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia existirán tres categorías, teniendo lugar el ingreso en el mismo por la tercera categoría.
- Todo Letrado de la Administración de Justicia poseerá una categoría personal. En ningún caso un letrado de la Administración de Justicia de la tercera categoría podrá optar a una plaza de la primera.
- La consolidación de una categoría profesional exige el desempeño de puestos de trabajo correspondiente a dicha categoría al menos durante cinco años continuados o siete con interrupción.
- No se podrá comenzar a consolidar una categoría superior sin previamente haber consolidado la inferior.
- La categoría consolidada determina la percepción del sueldo correspondiente a la misma, con independencia del puesto de trabajo que se desempeñe.