03 agosto 2014
Asociaciones de Jóvenes Abogados
La Confederación Española de la Abogacía Joven (CEAJ), es una asociación sin ánimo de lucro, libre, democrática, plural e independiente, formada por Agrupaciones y Federaciones de Abogados Jóvenes (hasta 40 años).
Objetivos:
- Representar de forma unitaria a todos los miembros que la integran y defender sus intereses comunes en su ámbito territorial.
- Potenciar y desarrollar actividades en el ámbito profesional, formativo, sociocultural y corporativo que beneficien individual y colectivamente a los Abogados Jóvenes.
- Fomentar la creación de Agrupaciones de Abogados Jóvenes, en los Colegios de Abogados, y de Federaciones, en los Consejos Autonómicos.
- Animar y fomentar la participación de sus miembros en los órganos de gobierno de la Abogacía. Actualmente, el presidente de la CEAJ es consejero, con voz pero sin voto, del Consejo General de la Abogacía Española. En todas las Comisiones del Consejo General de la Abogacía hay un representante de los Abogados Jóvenes.
- Mantener relaciones con los órganos de la Administración Central del Estado y de las administraciones autonómicas y locales
- Promover e impulsar la celebración del Congreso Estatal de la Abogacía Joven, cada dos años.
Actualmente forman parte de CEAJ 42 Agrupaciones y 7 Federaciones de abogados jóvenes de toda España, por lo que CEAJ representa a más de 40.000 jóvenes letrados.
Órganos de Gobierno
Los órganos rectores de la Confederación Española de la Abogacía Joven son el Consejo, la Comisión Ejecutiva y las Comisiones.
EL CONSEJO
El Consejo es el máximo órgano decisorio y directivo de Confederación y órgano supremo de la voluntad de la misma en los asuntos propios de su competencia.
Está formado por:
- Un representante de cada Agrupación de Abogados Jóvenes.
- Un representante de cada una de las Federaciones de Agrupaciones de Abogados Jóvenes integradas en Confederación
- Los miembros de la Comisión Ejecutiva.
LA COMISIÓN EJECUTIVA
La Comisión Ejecutiva es el órgano ejecutivo y permanente, encargado de representar a CEAJ y gestionar sus intereses. Vela especialmente por el cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Consejo y está compuesta por un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y cinco vocales.
LAS COMISIONES
Las Comisiones, de carácter temporal o permanente, son órganos consultivos de la CEAJ. Están integradas por un número mínimo de tres personas, al menos una de las cuales es miembro de la Comisión Ejecutiva. Las Comisiones analizan temas concretos que resultan de interés para la Confederación, y elevan a la Comisión Ejecutiva sus conclusiones. .
Las Comisiones elaboran también los informes que les solicita la Comisión Ejecutiva relativos a cualquier cuestión que resulte de interés para CEAJ.