04 junio 2024

“Compliance en sostenibilidad” para un perfil muy específico: forlawyers

Cristina Ruiz Por Cristina Ruiz

Comienzo este artículo por su conclusión: El concepto “Compliance en sostenibilidad” emerge como una imperiosa necesidad estrechamente ligado al perfil profesional del abogado.

Es conocido que nos encontramos con diferentes tipos de compliance ante la diferente regulación normativa específicamente relacionada con un sector, una actividad, incluso con la jurisdcción donde se opera. Así podemos tratar de manera diferenciada la práctica del compliance penal, compliance corporativo, compliance en prevención de riesgos laborales, compliance anticorrupción, o el fiscal y tributario.

Pero además, y muy en particular, cada empresa, cada organización, en función de sus características, sus peculiaridades y sus necesidades se enfrente a distintos riesgos específicos, lo que también constituye un elemento diferencial.

El concepto “compliance en sostenibilidad” también se presenta diferenciado. El concepto y el perfil de “Compliance en sostenibilidad” va más allá del diseño e implementación de procedimientos y buenas prácticas para establecer mecanismos internos de prevención, detección, gestión, control o reacción frente a los riesgos legales en el desarrollo de la actividad empresarial o corporativa y la valoración o puesta en balanza del coste económico sancionador. “Compliance en sostenibilidad” hace referencia a un enfoque integral y holístico estrechamente ligado a la estrategia sostenible corporativa de permanecer la empresa competitiva y relevante en el tiempo.

La proliferación legislativa europea y nacional relacionada con los criterios de sostenibilidad –ambiental, social, gobernanza-, marca un listón de exigencias legales que requiere más que nunca no solo la garantía del cumplimiento y aplicación de concretas obligaciones legales, sino también una adecuada gestión de nuevos riesgos y de impactos directos o indirectos en y por la organización. No debemos perder la óptica de que sostenibilidad, el compromiso con la sostenibilidad, para las empresas, no solo es cumplimiento, sino también, contribución al bienestar social y al progreso económico, en términos globales, y que significa, en última instancia, permanencia competitiva y relevante a corto y a largo plazo, en un mercado cada vez más exigente y más consciente.

El perfil del abogado o del profesional legal de cumplimiento en sostenibilidad es esencial y estratégico en un contexto como el actual que requiere de las empresas un enfoque altamente proactivo ante una compleja avalancha regulatoria –cuyo marco comprende normas nacionales, directrices internacionales y también estándares voluntarios-, y una alta capacidad de adaptación a los desafíos de presente y de futuro de un mercado inquieto y una sociedad en constante cambio.

Este enfoque estratégico integrado “compliance en sostenibilidad”, además de mitigar riesgos legales, fomenta la confianza de los grupos interés y contribuye considerablemente a la mejora de la reputación corporativa. Las áreas clave del “compliance en sostenibilidad” incluye la implementación de sistemas de gestión con estándares internacionales, el aseguramiento del cumplimiento de los principios internacionales en derechos laborales y humanos, y una divulgación clara y precisa sobre el desempeño en sostenibilidad.

Las mejores prácticas para lograr la integración efectiva y superar desafíos pueden comenzar por la identificación como áreas prioritarias y de impacto aspectos medioambientales, sociales y de gobernanza en el análisis de materialidad; desarrollar políticas donde se delineen intrínsecamente unidos los principios básicos de cumplimiento y de sostenibilidad; la comunicación de manera efectiva de estas políticas a los grupos de interés; la capacitación y sensibilización en cultura de cumplimiento sostenible; el reporte desde los avances y desafíos de este enfoque integrado; y la colaboración y el establecimiento de alianzas para hacer factibles las mejores prácticas.

ENFOQUE DE CUMPLIMIENTO EN SOSTENIBILIDAD:
A · Identificación y Análisis del marco jurídico en materia de sostenibilidad:

· Identificación del marco jurídico nacional, europea e internacional relacionado con la sostenibilidad.
· Identificación del específico marco regulatorio y estándares que afectan a la empresa y su actividad.
· Análisis de los concretos requisitos de aplicación específica.
· Determinación de requerimientos de implantación.
· Evaluación de las implicaciones legales derivadas del incumplimiento.

B · Diseño y Planificación de acción para el cumplimiento de normativa en sostenibilidad:

· Diseño del Plan de acciones para el aseguramiento de cumplimiento, a corto y largo plazo.
· Propuesta de soluciones y medidas concretas para el cumplimiento de las obligaciones.

C · Plan de mejora del desempeño sostenible y, adaptación al cambio normativo
· Seguimiento, medición y mejora del desempeño sostenible a través de estándares reconocidos.
· Seguimiento de cambios normativos. Escenarios de adaptación a cambios normativos en materia de sostenibilidad.

Finalmente, las empresas al adoptar prácticas sostenibles y asegurar el cumplimiento normativo, no solo se mitigan riesgos, sino que también se fortalece la reputación, se mejora la competitividad y se contribuye desarrollo económico y social.
Concluyo, con otra conclusión más, distinta de la que refería al comienzo de este artículo:
“Compliance en sostenibilidad” no es solo responsabilidad legal y ética, sino que se suma a la oportunidad estratégica de las empresas y corporaciones.

Esta exposición nace de las reflexiones compartidas el pasado día en la charla, alrededor de vaso de agua, mantenida con mi apreciado Nestro Aparicio, Director General de la World Compliance Association.

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