Blog de Comunicación y Marketing Jurídicos
30 mayo 2023
La expresión lingüística, una habilidad clave para el ejercicio profesional
Por Óscar León
TWITTER @oscarleon_abog
“El abogado debe ser un artista, quizás no lo sea desde su nacimiento, pero ha de prepararse hasta lograr perfeccionar el arte de la escritura y la oratoria. Aparte de esto también necesita adecuar sus capacidades como narrador, historiador, novelista, psicólogo, dramaturgo.” Lamiado.
La comunicación verbal, también conocida como lenguaje verbal, viene determinada por el contenido, las palabras o los dígitos (letras y números) con los que transmitimos el mensaje y, como expresión lingüística se entiende la facilidad para convertir con precisión las ideas en frases, ya sean escritas u orales.
El dominio de la expresión lingüística es clave para el ejercicio profesional del abogado, pues de todos es de sobra conocido que sus funciones requieren para la consecución de sus objetivos de la herramienta de la palabra y de su buen uso a través del empleo de la semántica y sintaxis adecuada. Por consiguiente, el abogado empleará la comunicación verbal al realizar sus funciones de asesoramiento al cliente, negociación y defensa ante los juzgados y tribunales, bien sea a través del uso de la escritura o de la palabra, y ello con las finalidades de asesorar, componer intereses o alegar en defensa de los intereses de su cliente, buscando en todo momento el logro de las finalidades de convencer y persuadir.
Así, el abogado que disponga de una buena expresión lingüística comunicará mejor, y realizará su función con más eficacia y éxito. Por el contrario, un abogado que se exprese con oscuridad y complejidad será superado, al menos en interés y atención, por otro que hable con claridad, precisión y riqueza sintáctica y semántica y con emoción.
A la hora de establecer sus características, nos vamos a permitir la licencia de desglosar las características del lenguaje del abogado, especialmente en materia forense:
1º. Claridad: La claridad, entendida como precisión, diafanidad y concreción en el mensaje es fundamental, pues un mensaje claro es aquel que es entendido por el auditorio con facilidad, de modo que los argumentos del orador se transmiten fácilmente a su destinatario. Para ello bastará el uso de un lenguaje sencillo, bien construido gracias a un léxico y sintaxis apropiados. Lo contrario de la claridad es la oscuridad, la complejidad en el lenguaje y la afectación con su consecuencia más temida: que el auditorio no comprenda la idea del orador, bien por dificultad, bien por falta de atención ante la antipatía y desagrado que provoca el informe poco claro.
2º. Sencillez: El estilo requiere de sencillez, o lo que es lo mismo, el uso de un lenguaje fácil de entender, conciso, directo, sin omitir los detalles verdaderamente importantes. La más clara evidencia de que el orador está empleando un lenguaje sencillo reside en que el auditorio va entendiendo su alegato sin dificultad. Para ello, bastará exponer las ideas con orden, evitando la complejidad de la construcción lingüística, que haga que el orador se pierda en una frondosidad verbal ininteligible.
3º. Brevedad: El mensaje breve será siempre más efectivo, ya que llegará con más intensidad al auditorio. Para ello, el abogado deberá sintetizar las ideas principales sin más añadidos, evitando caer en la tentación de entrar en detalles innecesarios y que hacen perder la atención del mensaje.
4º. Naturalidad: Entendida como espontaneidad en la exposición, la espontaneidad supone un uso del lenguaje adecuado a las circunstancias del caso concreto, siempre huyendo del tono familiar y del afectado, tratando de alcanzar un punto medio natural.
5º. Severidad en la exposición: En este punto, recordar que la función que la ley encomienda a los intervinientes en la Administración de Justicia define con claridad el contexto de gravedad, seriedad y decoro que debe imperar en una audiencia en la que se imparte Justicia. Acorde con ello, la exposición oral, alejada de toda llaneza y ligereza, deberá acomodarse a las normas de respeto y decoro.
6º. Precisión: Asociado a la claridad, la precisión es el uso adecuado de los términos con los que construimos nuestro mensaje. El uso del término, con su significado adecuado, evita ambigüedades y dudas, permitiendo la transmisión cabal del mensaje. Para ello, el orador deberá disponer de una vasta riqueza léxica, lo que le evitará caer en el uso de un lenguaje pobre, y por tanto enemigo de la concisión.
7º. Tecnicidad: El estilo forense está informado por un lenguaje especializado, el lenguaje jurídico, de lógico carácter técnico, que da vida y contenido al alegato forense. Es precisamente prenda de la grandeza de la oratoria forense el combinar las exigencias técnicas de la exposición oral con las características antes reseñadas.
Por lo tanto, el lenguaje del abogado, alejado de la familiaridad y de la ampulosidad, es tributario de la claridad, la sencillez, brevedad, naturalidad y precisión, todo ello en un contexto que invita al respeto, decoro y buenas formas.
Concluir señalando que los fundamentos de la expresión lingüística, desde una perspectiva retórica, pueden aprenderse fácilmente. Ahora bien, la práctica nos demostrará hasta qué punto disponemos de los fundamentos lingüísticos adecuados para deleitar a través de la exposición de nuestros argumentos y razones.
Por ello, lo más recomendable para mejorar en el estilo es incrementar nuestros conocimientos de gramática, sintaxis y semántica con el fin de dominar el uso de nuestro idioma, y ello sólo se consigue a través de la lectura de las grandes obras de la literatura universal y, cómo no, la lectura de informes o dictámenes judiciales. Este trabajo, realizado a conciencia con el fin de conocer matices tales como el estilo, las palabras empleadas, las figuras, etc. nos dará la información necesaria para ir desarrollando un estilo verdaderamente eficaz.