Blog de Comunicación y Marketing Jurídicos
14 junio 2016
Pautas para actuar con eficacia en sala
Los abogados que actuamos en juicio debemos tener en cuenta dos tipos de reglas: normas de comportamiento y reglas de técnica jurídica. Ambas se encuentran interrelacionadas y es precisa su concurrencia para que podamos conseguir el resultado pretendido.
Normas de comportamiento y de comunicación
- Consideración y respeto a los que intervienen en el procedimiento, tanto jueces, como abogados contrarios, testigos y el público asistente a sala.
- Evitar reproches, malos gestos que impliquen desconsideración así como alusiones personales.
- Preparar a nuestros clientes para que, de igual manera, mantengan una actitud respetuosa, ya que puede ocurrir que por falta de experiencia ante situaciones similares o por la tensión del momento pierdan las formas.
- No debemos adoptar una actitud exagerada, sobreactuando ya que estos comportamientos restan naturalidad y verosimilitud a nuestras declaraciones
- La importancia del lenguaje no verbal que expresa igual o más que lo que decimos con palabras y no escapa a la atención de los jueces que perciben todas las actitudes, emociones y sensaciones que ocurren en sala.
- La palabra como medio de comunicación, qué importante es para un abogado litigante el don de la palabra. Esto se perfecciona mediante técnicas de oratoria que nos ayudan a mejorar y a potenciar estas habilidades.
En definitiva, nuestra conducta ante el Tribunal debe basarse en los principios de prudencia, coherencia, sensatez y compostura, ello redundará en que nuestro trabajo como garantes del derecho de defensa sea más eficiente y productivo.
Reglas de técnica jurídica
En cuanto a las reglas de técnica jurídica, después de la promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil del año 2000 las actuaciones procesales de mayor trascendencia tienen lugar en sala, de ahí la importancia de que los abogados litigantes tengamos un conocimiento adecuado de las actuaciones orales.
En el inicio de nuestra actividad profesional, la mayoría nos hemos planteado cuestiones como las siguientes: ¿puedo proponer nuevas pruebas al comienzo del juicio oral?, ¿cómo puedo exponer un informe oral de manera breve, sencilla y con consistencia jurídica?, ¿qué pruebas debo solicitar y de qué modo han de practicarse?, ¿cómo rebatir la prueba de contrario?
En la Ley de Enjuiciamiento Civil (modificada por la Ley 42/2015, de 5 de octubre para agilizar el procedimiento mediante la incorporación generalizada de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en los tribunales de justicia) encontramos pautas para celebrar las audiencias de manera coherente y con una buena fundamentación jurídica, atendiendo a las distintas fases del proceso que exigen intervención verbal de los letrados. Y ello se da tanto en las audiencias previas como en el posterior juicio ordinario o en el verbal así como en los diferentes medios de prueba.
Las exposiciones orales que realicemos en sala han de ser:
- Claras, posibilitando su comprensión tanto por el juez como por las demás partes que intervienen en el proceso.
- Sencillas pero al mismo tiempo con rigor y consistencia jurídica.
- Breves (los jueces nos lo agradecerán) y precisas, sin alargarnos en el tiempo con disquisiciones complejas que nada aportan y pueden introducir elementes de confusión en quienes las escuchan.
- Han de hacerse con prudencia y empleando una buena argumentación tras un estudio y una valoración detenida de los hechos.
- Es importante tener capacidad para saber reaccionar sobre la marcha ante un determinado imprevisto con el que no contábamos y que puede cambiar el devenir de los acontecimientos
Las conclusiones del juicio también se exponen oralmente una vez que se han practicado los medios de prueba. Es mejor no improvisarlas y llevarlas preparadas, pero eso no significa leer un escrito de varios folios de un tirón. El escrito nos sirve de guía pero el tema hay que llevarlo suficientemente estudiado de manera que podamos exponer las conclusiones oralmente sin leerlas de manera literal y teniendo en cuenta las cuestiones que se han planteado en su desarrollo siempre que nos pueden venir bien para nuestra defensa.
Si queremos destacar alguna sentencia o un comentario doctrinal concreto, podemos leerlo moderadamente, siendo conveniente llevarlo localizado para no perder tiempo buscándolo delante del Juez.
Como señala Calamandrei en su obra “Elogio de los jueces escrito por un abogado”: “Para hacerse dar la razón por el juez basta la honesta convicción en el fundamento de la causa y el respeto de las formas procesales adecuadas, eliminando las malas artes”
Todas estas cuestiones requieren una buena formación jurídica complementada con una adecuada práctica jurídica ya que la experiencia se adquiere en sala. A ello contribuyen las Escuelas de Práctica Jurídica y el Máster de Acceso a la Abogacía, en el cual mi experiencia como docente es que se está potenciando la vertiente práctica mediante simulaciones de juicios y prácticas en Tribunales que vienen a complementar la formación teórica impartida en la Universidad.
Verdaderamente nos apasiona nuestro trabajo y desde el momento en que nos ponemos la toga asumimos responsabilidad. Ello nos lleva a tener conciencia de la importancia de la formación permante, de estar en continuo aprendizaje y estudiar. Todo ello con humildad, sólo así conseguiremos un digno y eficaz desempeño de nuestra labor.
ROSANA PÉREZ GURREA
Twitter: @RosanaPGurrea
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