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18 julio 2023
Saber cortar y pegar legislación y jurisprudencia
Por José Ramón Chaves
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Lejos quedan mis tiempos de abogado de la década de los noventa del siglo pasado, en los que buceaba en el Aranzadi para encontrar la perla de una sentencia favorable a mi tesis y poder presentarla ante el juez. Se trataba de una investigación laboriosa, pasando páginas manualmente y repasando visualmente línea a línea, o marcando los hallazgos con lapicero; una tarea no siempre fructífera ni mejor que la del adversario. Poco imaginaba que escasos años después, estaría toda la legislación y jurisprudencia disponible a golpe de “click” para abogados y jueces, con el consiguiente beneficio de tiempo, exactitud y eficacia en la búsqueda dentro de enormes, completas y actualizadas las bases de datos. Sin embargo, lo que comenzó siendo una herramienta modesta, el “cortar, copiar y pegar”, por simple economía temporal del jurista, se ha convertido en factor perturbador de la eficacia persuasiva de alegatos y sentencias.
En efecto, los abogados con sus escritos de alegatos pretenden persuadir al juez de que les asiste la razón, y tras la cosecha de la pesquisa legal o jurisprudencial suelen encontrarse con una decisión: ¿cantidad o calidad?, ¿es bueno citar todo de todo, o mejor ser selectivo?, ¿comentar las citas o dejar que el propio juez saque conclusiones?
Las respuestas vienen impuestas forzosamente en el caso de algunos recursos donde existe un límite cuantitativo a los escritos de los abogados (caso por ejemplo, del recurso de casación contencioso-administrativo que está limitado legalmente en cuanto a número de caracteres o el equivalente a 25 folios). En cambio, si no existe limitación normativa de la extensión de los escritos, el derecho a la tutela judicial efectiva soporta escritos de demanda o alegaciones sin límite alguno, pudiendo ir cargados de interminables vagones de jurisprudencia.
El panorama del estilo expresivo forense de los abogados revela tres modelos.
Un primer modelo, afortunadamente en extinción, pero subsiste y hay que citarlo por tragicómico, es el del abogado que se limita a escribir unas líneas vacías y por todo fundamento jurídico se remite cómodamente al “iura novit curia”, o sea, sin citar ni transcribir normas jurídicas ni jurisprudencia, confiando en que el juez de oficio supla su labor.
En segundo lugar, existe el abogado cauto, que no quiere dejar fleco sin tocar, norma sin transcribir o sentencia sin citar, y convierte sus escritos en buques cargados de citas interminables de leyes con transcripción de preceptos, y con citas de jurisprudencia de múltiple origen y rango. Esta tendencia al exceso expositivos puede deberse a varias razones: a) Porque quiere dejar atado y bien atado su argumento, bajo el viejo refrán de que “lo que abunda no daña”; b) Porque quiere conjurar la posible pereza del juez que no consulta la ley o no acude a la jurisprudencia, así que mejor ofrecérsele en su literalidad y toda extensión; c) Porque quiere convertir sus demandas, contestaciones o alegaciones en catedrales a los ojos del juez o de su cliente, por una visión majestuosa de su labor.
Y en tercer lugar, el abogado de precisión, que se limita a la cita de la norma legal y a transcribir estrictamente los preceptos cruciales, aderezándolo con escasas referencias a la jurisprudencia pero limitadas a la transcripción de los fragmentos relevantes, y sin reiterar sentencias que abundan en la misma línea.
Es evidente que este último modelo es el que resultará más rentable para el cliente en términos de victorias judiciales, pues la economía y claridad expresiva le favorecerán.
El riesgo de la técnica del volcado del aluvión de normas o de alzar montañas de jurisprudencia es enorme. De un lado, porque es humano que el juez se sienta más cómodo con la lectura de algo sintético, ordenado y claro, que cuando lee algo redundante, desordenado y confuso por yuxtaposición. De otro lado, porque si una demanda o contestación puede morir de hambre (de leyes y jurisprudencia) también puede morir de indigestión, ya que puede que los árboles jurisprudenciales no dejen ver el bosque del litigio. Finalmente, porque los programas de ordenador los carga el diablo y puede que al “cortar y pegar” se corte y pegue más o menos, o distinto de lo que se debía, provocando errores fatales; en particular, es muy fácil que, enzarzado en la pesca de jurisprudencia favorable a la propia tesis, se corte y pegue algo de una sentencia que sean meros obiter dicta, o peor aún, que se trate del resumen de antecedentes y no de los fundamentos finalmente aceptados, o incluso cabe que se “importe” una sentencia parecida como una gota de agua y otra de petróleo.
Incluso la comodidad del “corta y pega” de preceptos legales y jurisprudencia, lleva al letrado al cómodo “corta y pega” cuando tiene que confeccionar escritos sobre pleitos actuales tomando prestado lo elaborado en pleitos similares que llevó en su día, lo que puede provocar sonrojos sin cuento. En efecto, a veces el juez se sorprende al leer una demanda ante un Juzgado contencioso-administrativo leonés donde se invoca la ordenanza municipal de Barcelona. En otras asiste a demandas contra multas de tráfico donde la matrícula del vehículo cambia varias veces a lo largo del escrito. Lo mismo sucede cuando la demanda que plantea la responsabilidad patrimonial por accidente de tráfico, y sitúa como causante en los hechos a un jabalí y que por prodigios evolutivos muta en ciervo al final del escrito. En otras ocasiones se cuestiona la homologación del etilómetro cuando se trata de una simple infracción de mal aparcamiento. Similares errores campan por demandas civiles, laborales o querellas penales, que cobijan mercancía legal o jurisprudencial ajena al litigio.
Los escritos bajo el corta y pega, pierden frescor, originalidad y singularidad. Se prodiga el vicio de escritos jurídicos prét-a porter, que salen como las hamburguesas del MacDonald (y algunos como las croquetas de taberna), que están bien para salir del paso un día, pero no deben formar parte de la dieta habitual.
Debe evitarse el hábito de confundir la elaboración “personalizada” o “singularizada” de un escrito jurídico, que requiere estudio y reflexión, con la elaboración de cualquier escrito jurídico aderezado con “cortes y pega” indiscriminados. No debe olvidarse que el posible error del abogado que abusa del recortable puede ser grave y no subsanable pues posiblemente su adversarioa se ensañará en ello, aquélla no podrá subsanarlo y el juez posiblemente enarcará la ceja.
Por eso, hay que saber “cortar y pegar”. Hay que buscar, seleccionar, sopesar y valorar si se vierte literalmente el precepto legal o la sentencia hallada, o si se acompaña de explicaciones; y repasar siempre el resultado. O sea, “hay que saber copiar”. Si se usa o abusa de la técnica de “cortar y pegar” bueno será añadir unas palabras de cosecha propia, con argumentos de enlace que permitan al lector avanzar por la selva de citas legales o jurisprudenciales; se trata de hacer comprender la razón de incorporarlas al texto, en vez de abandonar al juez a su suerte en la avalancha de citas.
Un pariente próximo de la técnica de “cortar y pegar” es la de subrayar y poner letra negrita en los escritos procesales. Bueno resulta marcar y resaltar el texto para llamar la atención del juez sobre algún extremo, idea fuerza o conclusión, pero no debe olvidarse que si se resalta casi todo, ya nada es más importante que lo demás.
Hace poco coincidí con un abogado veterano que contaba con un buen equipo de abogados jóvenes y me comentó que les exigía que los borradores de las demandas o contestaciones escritas las hicieran a mano, de principio a fin, pudiendo consultar bases de datos, pero sin escribir con el ordenador. Así conseguía que fueran reflexionando según escribían y sobre lo que escribían, aplicando por su propio interés economía expresiva, evitando la funesta manía de citar lo que sería innecesario.
Por supuesto que el vicio del abuso de “cortar y pegar” legislación y/o jurisprudencia lo padecen también los jueces, lo que resulta mucho más triste y lamentable, y que da lugar a sentencias matrioshka, donde se incorporan citas que a su vez efectúan citas, sin saber dónde acaba una y empieza la otra. Muy distinto resulta el legítimo “corta y pega” de los argumentos de abogados y fiscales, para su reproducción en sentencia, pues al fin y al cabo el juez debe decidir entre dos versiones, y no se le puede pedir ser original e infalible a tiempo completo. En el caso de los abogados, su cliente merece una obra de artesanía, y no un producto en serie ni manufacturado, sino mentefacturado.
Bueno sería que cada abogado, letrado público o juez mirase con sinceridad a su interior y pensase cuándo elaboró el último escrito en el que no cortó ni pegó nada. O mejor, cuando no recortó lo que antes pegó, o no revisó el resultado final, o no usó esa herramienta gratuita e invisible que es la reflexión propia, porque esto sí habría que hacérselo mirar.