26 junio 2020

Acción o Inacción de la administración pública. He ahí la clave

Marina Vall-llosada Garcia. Abogada especializada en Derecho Animal. Portavoz de la Comisión para la Protección de los Derechos de los Animales del Ilustre Colegio de la Abogacía de Girona. Presidenta de Lex Ànima y Miembro Experto de Intercids.

Muchos de los que me conocéis sabéis que ante la insistencia del colectivo animalista frente la inexistencia de legislación estatal específica en protección y bienestar animal siempre opino que, no es que no dispongamos en nuestro país de regulación en favor de los derechos de los animales, mejorable obviamente; más bien lo que nos falta es conocimiento, aplicación correcta de la ya existente en tiempo y forma por parte de los poderes públicos y además, que todos los “astros se alineen” para que al final se haga justicia en favor de uno de los colectivos más indefensos en nuestro país.

Siguiendo el tema que acertadamente empezó mi compañera Verónica Cuevas sobre cría y comercialización de animales de compañía me gustaría, aprovechando la oportunidad que me brinda el Blog de Derecho Animal del Consejo General de la Abogacía Española, incidir y ayudar a crear conciencia sobre todo en el colectivo político-técnico de las administraciones públicas competentes.

Todos sabemos que existen innumerables criaderos de animales de compañía en nuestro país.

Todo sabemos que muchos de los núcleos zoológicos anteriormente mencionados carecen de las autorizaciones correspondientes para desarrollar esa actividad y en la mayoría de las ocasiones bajo unas condiciones sanitarias propias de siglos pretéritos, objetos de control más por salubridad que por protección animal y más ahora con la emergencia sanitaria que nos concierne.

Muchos sabemos que en demasiadas ocasiones se realizan, por parte del administrador de la instalación, actividades tales como vacunación e implantación de microchip; acciones susceptibles de comisión de delito por intrusismo profesional y/o suplantación de identidad.

Y, además, una gran parte estos centros ilegales de cría son regentados por un colectivo muy importante en nuestro país, que todo sea dicho, está empezando a perder fuerza debido, entre otras cosas, a su poca formación y credibilidad.

Aunque la actual regulación en este sentido sea laxa y poco precisa; es necesario retomar el proyecto de Ley desestimado en 2015 para evitar no sólo la cría ilegal sino frenar el abandono y acabar con la economía sumergida; ante las constantes infracciones urbanísticas, fiscales, en materia de salud pública, penales y como no, contra los derechos de los animales, es imprescindible y urgente que las administraciones públicas locales cumplan su obligación de investigar, controlar y solucionar la problemática cuestionada ya sea a través de cesiones voluntarias, decomisos temporales o definitivos o cualquier otra fórmula jurídica que permita terminar con la reiterada actividad fraudulenta.

Como el aleteo de las alas de una mariposa que puede provocar un tsunami al otro lado del mundo, la ejecución de la competencia antes mencionada por parte de las autoridades competentes puede ser el principio del progreso en la protección de los animales de compañía en nuestro país.

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