Blog de Derecho de los Animales
25 noviembre 2016
La chimpancé Cecilia es sujeto de derecho. ¿Y el resto de animales?
Daniel Dorado. Abogado. Presidente de la Sección de Derecho Animal del Colegio de Abogados de Madrid y del Centro Legal para la Defensa de los Animales (@doradodan)
Recientemente se ha acordado el habeas corpus de la chimpancé Cecilia, que se encuentra en un zoológico de Mendoza (Argentina). En la resolución judicial se la considera un sujeto de derecho no humano, y se ordena el traslado a un santuario de chimpancés en Sorocaba (Brasil).
No es esta la primera ocasión en que se acuerda el habeas corpus de un animal no humano. Con anterioridad, podemos encontrar los casos de la chimpancé Suiça en Brasil (que murió antes de ser trasladada) y de la orangutana Sandra (también en Argentina). Ahora bien, muy posiblemente Cecilia será el primer animal trasladado a un santuario por orden judicial debido a su reconocimiento como sujeto de derecho.
Sacar a un animal de una situación de explotación y trasladarlo a un lugar donde sus necesidades sean atendidas es, sin duda, positivo para ese individuo. No obstante, considero que, a la hora de defender a los animales, es un error transmitir la idea de que solamente han de ser tenidos en consideración aquellos con una mayor proximidad genética a los humanos, o aquellos dotados de una determinada inteligencia. La única característica relevante a la hora de tener en cuenta a alguien es la capacidad de sufrir y disfrutar. Pero, al margen de esto, no podemos pasar por alto que un gran número de humanos, debido a accidentes o causas congénitas, son menos inteligentes que muchos animales de otras especies. Por supuesto, estos humanos deberían ser incluidos en nuestro círculo de consideración moral, con independencia de sus capacidades intelectuales. Al igual que el resto de animales sintientes.
La resolución judicial que declara a Cecilia sujeto de derecho se enmarca dentro de una dinámica, presente tanto en Argentina como en otros países, que cuestiona la tenencia de animales exóticos. Y es positivo que se dejen de criar animales exóticos, pero la reflexión al respecto debería ir acompañada de un cuestionamiento de la cría de animales en general. No podemos obviar que a diario se crían otros animales cuyo final es el mismo o peor. En las perreras de nuestro país se mata a diario a animales, una vez que transcurren unos días sin que aparezca adoptante. Los cerdos, terneros, pollos y otros animales son criados con el objetivo expreso de ser llevados a mataderos.
Esto es un ejemplo de que la relación que mantenemos con el resto de animales es profundamente contradictoria. Sabemos con certeza que los animales con sistema nervioso centralizado sufren dolor, y tenemos una fuerte intuición al respecto de que no es legítimo hacerles sufrir de manera innecesaria. Sin embargo, existe la tendencia a no considerar necesario precisamente aquello que no resulta de nuestro interés. De tal manera, es habitual ver a quienes no son aficionados a las peleas de perros o a la tauromaquia considerar innecesarias dichas prácticas, y oponerse a las mismas. Sin embargo, otras actividades como el consumo de animales, que cuentan con un mayor apoyo social, tienden a verse como necesarias, sin serlo realmente, y por ello defendidas.
Por otra parte, los animales de especies con las cuales tenemos un contacto más habitual, como los perros y los gatos, suelen ser tenidos en mayor consideración que el resto. Pero, a la hora de analizar qué animales tener en cuenta, deberíamos emplear criterios objetivos, y no basarnos en nuestras relaciones personales, aficiones o costumbres.
La resolución que acuerda el habeas corpus para Cecilia se mueve también dentro de esta relación contradictoria. Un ejemplo es que en la misma se manifiesta que Cecilia “pertenece al patrimonio natural” y “el patrimonio cultural de la comunidad”, motivos por los cuales “su bienestar atañe al resguardo de un patrimonio colectivo”. Prosigue afirmando: “Si atendemos a su bienestar no será Cecilia quien estará en deuda con nosotros sino nosotros quienes deberemos agradecerle la oportunidad de crecer como colectividad y de sentirnos un poco más humanos”.
Mediante dichas palabras, la resolución judicial no reconoce un valor intrínseco a Cecilia. Sus intereses se consideran valiosos solamente en la medida en que forman parte de un patrimonio natural y cultural de la comunidad humana. ¿Veríamos legítimo apelar a que respetar a humanos que son discriminados por su orientación sexual o capacidades intelectuales nos hace un poco más humanos? ¿O más bien pensamos que dicho respeto no es sino la consecuencia de una dignidad intrínseca que poseen? ¿Por qué en el caso de animales de otras especies no empleamos el mismo criterio?
Además de esto, la resolución incurre en un error cuando afirma que la ecología profunda es una de las “líneas teóricas que justifican el reconocimiento de los derechos de los animales”. En realidad, la ecología profunda es una posición holística que considera que lo relevante son las relaciones ecosistémicas. Por tanto, no valora a los animales como individuos, sino solamente en la medida en que forman parte de un determinado ecosistema.
La confusión entre el ecologismo y el movimiento por la defensa de los animales no es un error exclusivo de esta resolución judicial. Lo cierto es que dicha confusión está ampliamente extendida en la sociedad, pese a las grandes diferencias entre ambos. A diferencia del ecologismo, el movimiento por la defensa de los animales sí tiene en cuenta a los animales sintientes como individuos, y por ese motivo extrae la conclusión de que debemos rechazar dañarlos, y aceptar beneficiarlos. Es por ello que este movimiento se opone a la caza y defiende ayudar a los individuos necesitados en sus hábitats naturales, cuando el ecologismo defiende justamente lo contrario.
A menudo los órganos judiciales tienden a ajustarse a la realidad social del momento. Teniendo en cuenta esto, sería ingenuo esperar resoluciones judiciales que defiendan tener en consideración igualitaria a los animales. Esto solamente ocurrirá en la medida en que la sociedad rechace el especismo. Los abogados podemos formar parte de este proceso, ofreciendo apoyo legal a quienes defienden a los animales.