19 noviembre 2021

Repercusiones de la caza en el medioambiente. Suspensión de la caza ante catástrofes como el volcán de La Palma

María Girona Ayala. Presidenta de la Sección de Derecho de los animales del Colegio de Abogados de Madrid (ICAM); Presidenta de la Asociación Para la Defensa de Víctimas de Injusticias (APADEVI) y del Santuario-Refugio de Apadevi para equinos maltratados: SANTUARIO LIBERTAD

La actividad cinegética afecta no sólo a las especies de interés cinegético, sino también a las especies domésticas, que en multitud de ocasiones sufren las consecuencias, por parte de las personas involucradas en la caza, tales como el maltrato o directamente la muerte, lo que también es motivo de las principales campañas en contra de la caza y la concienciación ciudadana, según concluye el trabajo Final de Grado de María Corachán Martínez, Lourdes Canós Darós y  Maryland Morant González, GANDÍA, 2018 “Análisis de las repercusiones de la actividad cinegética en el territorio español derivadas del turismo”.

A ello hay que sumarle los dramáticos datos de accidentes de caza: En España, sólo en los primeros 9 meses de 2020, según los datos facilitados por el Ministerio del Interior, más de 50 de personas murieron por los disparos de cazadores y más de 600 personas resultaron tiroteadas y heridas con mayor o menor gravedad tras recibir disparos efectuados por cazadores entre el 1 de enero y el 6 de septiembre del mismo año, periodo que incluyó además los más de tres meses de confinamiento y de desescalada, en los que la posibilidad de desplazarse estuvo prohibida .

Destacar los datos de Castilla-La Mancha, en la cual se registraron 166 heridos y 12 muertos, en Andalucía 122 heridos y 9 muertos y en Castilla y León 73 heridos y 6 muertos. Estos números ni siquiera incluyen los datos de Cataluña y Euskadi, ya que estas comunidades tienen cedidas las competencias en seguridad ciudadana.

Estos datos además no contabilizan a los animales de compañía que, fallecieron en “accidentes” de caza, como el perro Jack, a quien un cazador disparó a sólo unos metros de distancia, destrozándole la cabeza, o Riba, una poni que había sido rescatada de un zoo de Granada por la Fundación Miranda, que ahora vivía libre en el Parque del Garraf (Barcelona). La abatió de un disparo a poca distancia, en un lugar con buena visibilidad y cerca de varias personas que paseaban asegurando que la confundió con un jabalí, al igual que manifestó el cazador que mató a la osa parda en Palencia, entre muchos otros animales no objeto de caza,
muertos en “accidentes” de dicha actividad.

Pero las víctimas de los cazadores no terminan aquí: según un informe de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA, por sus siglas en inglés) las casi 14.000 toneladas de plomo que la caza deja cada año en el medio natural, causarían la muerte de entre 1 y 2 millones de aves. Dicha Agencia deja claro el riesgo tóxico de la munición que queda en la naturaleza y la Comisión cree justificadas “mayores restricciones”. En España, donde el 86% del territorio es cinegético, el plomo usado para cazar (20 millones de piezas al año), impone unas emisiones de 6.000 toneladas anuales. La carne de caza española tiene niveles de plomo por encima de lo permitido, por lo que Europa califica de “riesgo para la salud” la cantidad de plomo que disparan los cazadores.

Hay que recordar además que la actividad cinegética no ayuda a mantener el equilibro ecológico, más bien al contrario. Según la tesis defendida por el Colegio Oficial de Biólogos de Castilla y León en julio de 2019, “la caza es un factor de riesgo y una amenaza para la evolución de las especies y de efectos negativos en el funcionamiento de los ecosistemas”.

En definitiva, la caza mata a más de 25 millones de animales cada año en España, causa importantes desequilibrios en el ecosistema, es una importante fuente de contaminación, limita enormemente los derechos del resto de la sociedad y representa un serio peligro para personas y animales de compañía.

Así mismo, muchos métodos autorizados de caza, suponen un sufrimiento añadido a los animales objeto de la misma, lo cual vulnera lo dispuesto en el artículo 13 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), es decir, tratar a TODOS los animales e los animales como seres sensibles, lo cual es un principio inspirador de la actuación de los poderes públicos de rango constitucional y que se ignora sistemáticamente por las administraciones que autorizan este tipo de actividades.

Ello demuestra que la caza además es una actividad que infringe gravemente los Derechos Fundamentales establecidos en los artículos 14 (derecho a la igualdad) y 19 (derecho a la libre circulación), en relación con los artículos 43 (derecho a la salud) y 45 (derecho a disfrutar del medio ambiente) de la Constitución Española, ya que ofrece privilegios de casi todo el territorio nacional limitados a unos pocos ciudadanos, en detrimento de la igualdad de todos a disfrutar del medio ambiente, limitándose los derechos de circulación de todos por el territorio nacional.

Y ello además del riesgo para la naturaleza, el cual ya ha sido advertido por La Organización de Naciones Unidas (ONU) que afirma que la naturaleza está “al borde del colapso” y de que es “probable” que “muy pronto” desaparezcan un millón de especies de animales y plantas. Y ello en consonancia con los resultados de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP26) celebrada recientemente en Glasgow, considerando que la caza, según los biólogos y demás científicos, perjudica gravemente el medio ambiente.

Así mismo, el Colegio de Biólogos de Castilla y León declara que “la caza no es sostenible y es un riesgo para la fauna”, y que han manifestado que: “La caza no ayuda a mantener el equilibrio ecológico, más bien al contrario, es un factor de riesgo y amenaza para la evolución de las especies y de efectos negativos en el funcionamiento de los ecosistemas”.

Los mercados húmedos por su parte, reciben su nombre entre otras cosas por la sangre, las tripas, las escamas y el agua que empapan el suelo de los puestos, restos de animales brutalmente matados para los clientes que desean comer carne recién matada. En estos mercados, animales cazados, como ciervos, mapaches, cocodrilos y perros viven en condiciones sucias, sufriendo de deshidratación, hambre y enfermedades.

Estos mercados son también una amenaza para la salud pública y han sido la fuente de brotes de enfermedades documentadas en el pasado, siendo la hipótesis más barajada por los científicos investigadores como causa de la actual pandemia. Tampoco existe control sanitario alguno en relación con los animales cazados que son consumidos directamente por los cazadores y sus familias y amigos.

Y si ello es así en condiciones normales, con mucha más razón se debería suspender la caza cuando se desconoce el alcance ecológico de una catástrofe natural, con es el caso de la isla de La Palma en estos momentos, estando contemplada dicha suspensión en las leyes de caza de nuestro país, no siendo aplicadas en muchas ocasiones.

En el caso del volcán de La Palma, las repercusiones de las coladas de lava que asolan la isla, han supuesto la devastación de cientos de hectáreas de terreno, si bien se desconocen a fecha actual la cantidad de pérdidas de animales muertos por la lava, asfixiados por los gases, heridos, etc.

El Cabildo ha suspendido la actividad de la caza menor en los municipios de El Paso, Fuencaliente de La Palma, Los Llanos de Aridane, Tazacorte y Villa de Mazo, ante la posible erupción volcánica o de condiciones propias para que se desencadene.

Sin embargo increíblemente se permite la caza mayor y menor en el resto de la Isla, obviando que cualquier Plan Técnico de caza establecido para antes de la erupción del volcán, ha quedado absolutamente desfasado tras dicha erupción, dado que los animales que han huido de la lava lo habrán hecho hacia otras zonas por lo que el inventario existente en el momento de la elaboración de cualquier Plan de caza y las Orden de caza ahora mismo no reflejan la situación real de la fauna, motivo por el que para permitir la caza actualmente en cualquier zona de la isla, sería necesario un nuevo informe de la Consejería del Gobierno de Canarias competente en materia de medio ambiente y conservación de la naturaleza que se ajuste a la realidad actual, actualizando en dicho informe las condiciones ambientales, la descripción de los ecosistemas y un nuevo inventario de fauna cinegética y no cinegética en función a las muertes de animales que hayan sido arrasados por la lava y los que se hayan desplazado a otras zonas.

Por ello, a pesar de que la vigencia de los planes es de 5 años, –cuestión cuestionada por numerosos científicos porque no se refleja la situación real de las poblaciones de fauna silvestre en planes de tantos años-, es absolutamente necesario para preservar los ecosistemas, garantizar la conservación de los hábitats, así como el mantenimiento del potencial biológico de las especies en el medio natural que se suspenda todo tipo de actividad cinegética en toda la isla hasta que se actualice el informe de la Consejería del Gobierno de Canarias competente en materia de medio ambiente y conservación de la naturaleza y se realice un nuevo plan técnico con los datos actualizados a las circunstancias actuales.

De hecho en el artículo 23 de la Ley 7/1998, de 6 de julio, de Caza de Canarias, se prevé la posibilidad de adoptar medidas ante situaciones excepcionales para preservar especies. Dicho artículo dice textualmente::

“La orden regional de caza.

1. Con el fin de realizar un adecuado aprovechamiento de las especies cinegéticas, la Consejería del Gobierno de Canarias competente en materia de medio ambiente y conservación de la naturaleza, oídos el Consejo Regional de Caza y los cabildos insulares, aprobará la orden regional de caza, estableciendo el régimen de la actividad y las épocas de veda, sin perjuicio de poder adoptar posteriormente medidas que corrijan situaciones excepcionales tendentes a preservar o controlar dichas especies cinegéticas”

La propia Ley 7/1998 en su artículo 42 prevé estas situaciones, por lo que la suspensión de todo tipo de caza estaría más que justificada en todo el territorio de la isla, ya que muchos de los animales que hayan conseguido desplazarse huyendo de la lava, pueden estar heridos o con sus facultades normales de defensa mermadas, e incluso es posible que se vean obligados a concentrarse en determinados lugares huyendo de las coladas, estando totalmente desprotegidos o amontonados en dichos lugares, donde los cazadores acabarían fácilmente con las vidas de todos los animales agrupados, causando un terrible desequilibrio ecológico”.

Textualmente dice el mencionado precepto:

“Prohibiciones generales.

Queda prohibido:

6. Cazar en los llamados días de fortuna, es decir, en aquéllos que como consecuencia de incendios, epizootias, inundaciones, sequías y otras causas, los animales se ven privados de sus facultades normales de defensa y obligados a concentrarse en determinados lugares.”

Y a todo esto, hay que añadir la responsabilidad de la Administración, ya que en caso de que cualquier persona que realice actividad de caza mayor en las zonas de El Paso, Fuencaliente de La Palma, Los Llanos de Aridane, Tazacorte y Villa de Mazo, o bien actividad de caza tanto mayor como menor en el resto de zonas autorizadas para la actividad cinegética, es decir, en aquellas donde no se haya suspendido dicha actividad, sufra algún menoscabo en su salud o su patrimonio a consecuencia de las repercusiones de la actividad volcánica, podría ser incluso causa de responsabilidad patrimonial de la Administración, sin perjuicio de las
responsabilidades administrativas y penales de la autoridad o funcionario responsable, máximo una vez que la asociación APADEVI se lo ha solicitado oficial e incluso judicialmente, advirtiéndole de dichos extremos.

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