Por Rubén Carballo
El contrato electrónico es un contrato normal, de compraventa, de arrendamiento de servicios, de agencia, o de la clase que sea, celebrado por medios electrónicos, y en lo que hace a consumidores, con requisitos específicos en materia de información, plazos, forma, obligaciones y derechos. Además, el consumidor que celebra un contrato electrónico goza de una serie de derechos y garantías adicionales a cualquier otro contrato celebrado por medios tradicionales.