21 noviembre 2024

Seguros y ocupación ilegal: Lo que necesitas conocer

Vanesa Fernandez Por Vanesa Fernández

La creciente preocupación por la ocupación ilegal de viviendas ha llevado a un aumento en la oferta de seguros anti-ocupación. Sin embargo, es crucial entender que muchos de estos seguros no ofrecen la protección adecuada contra los riesgos reales que enfrentan los propietarios.

Existe una notable confusión y desinformación en torno a estos productos y es fundamental que los propietarios estén bien informados sobre las características de sus seguros y los riesgos asociados con la ocupación ilegal.

La elección de un seguro adecuado no solo es recomendable, sino que se convierte en este caso en una necesidad imperante para prevenir pérdidas económicas significativas.

¿Qué es un seguro anti-ocupación?

Un seguro anti-ocupación es una póliza diseñada para proteger a los propietarios de viviendas contra los riesgos y pérdidas financieras asociadas con la ocupación ilegal de sus propiedades. Estos seguros pueden contratarse de manera independiente o integrarse en una póliza de hogar que incluya esta cobertura, lo que permite a los propietarios proteger tanto su vivienda habitual como sus segundas residencias bajo una única póliza.

¿Cuáles son las coberturas más frecuentes?

Las coberturas de los seguros anti-ocupación pueden variar, pero generalmente incluyen:

  • Reclamación de daños: indemnización por daños causados a la propiedad por los ocupantes ilegales o por actos vandálicos.
  • Asistencia jurídica: los costos de defensa jurídica relacionados con la ocupación ilegal, honorarios de abogados, procuradores y, en su caso, tasas para la tramitación del proceso de recuperación de la
  • Desalojo: gastos asociados con el proceso de desahucio de los ocupantes
  • Suministros: gastos de suministros, como agua y electricidad, durante el tiempo que la propiedad esté ocupada

Ocupación ilegal: definición y tipos

 La ocupación ilegal se refiere a la ocupación de propiedades sin el consentimiento del propietario. Se clasifica en dos tipos principales:

  • Allanamiento de morada: se trata de un delito regulado en el artículo 202 del Código Penal, consistente en la entrada o permanencia en una vivienda habitual o segunda residencia ajena y sin el consentimiento del propietario.
  • Usurpación: se trata de un delito regulado en el artículo 245 del Código Penal, consistente en la entrada o permanencia en un inmueble ajeno, vacío o deshabitado, es decir, que no constituye la vivienda habitual ni se destina al uso personal inmediato del propietario.

¿Qué hacer en caso de ocupación ilegal?

 En caso de ocupación ilegal, es crucial actuar rápidamente. Debe presentarse una denuncia ante la policía, que seguirá procedimientos específicos, para proteger los derechos del propietario.

Si se trata de un allanamiento de morada, la policía puede proceder al desalojo inmediato de los ocupas para restituir la propiedad a su dueño, en caso de delito flagrante o si los autores no abren voluntariamente la puerta.

Lo mismo sucederá ante los casos de usurpación con violencia, es decir, la policía desalojará y restituirá el bien a la propiedad. En caso de no mediar violencia, el propietario deberá iniciar un procedimiento judicial, en la jurisdicción civil para recuperar la propiedad.

Diferencias entre ocupación ilegal y situaciones con inquilinos

Es importante distinguir entre ocupaciones ilegales y situaciones con inquilinos que no pagan o se niegan a abandonar la propiedad tras la finalización del contrato. En estos casos, no se considera un ilícito penal, sino que el inquilino puede estar en una situación de incumplimiento contractual, por el impago de la renta pactada o bien en una situación de precario si tiene un contrato que ha expirado, pero aún ocupa la vivienda.

Ante dichas situaciones el propietario deberá iniciar un procedimiento judicial, en la jurisdicción civil, para recuperar la posesión de la propiedad.

Consideraciones al contratar un seguro anti-ocupación

Antes de contratar un seguro anti-ocupación es fundamental que los propietarios comprendan los riesgos específicos que necesitan cubrir y revisen detenidamente las condiciones de las pólizas, asegurándose de que realmente abordan los riesgos que enfrentan.

Muchos seguros de hogar ofrecen cobertura para el allanamiento y daños por vandalismo, pero la mayoría de los seguros anti-ocupación no cubren adecuadamente la usurpación de viviendas vacías.

Si la principal preocupación es cubrir el riesgo de impago de rentas por parte de los inquilinos o el riesgo de que permanezcan en la vivienda tras la terminación de un contrato de arrendamiento, no necesitamos un seguro anti-ocupación. En esos casos, se sugiere contratar un seguro de impago de alquileres antes de arrendar la propiedad, que cubrirá la falta de pago y los gastos de desalojo.

En los casos en los que el riesgo real sea la ocupación ilegal, en cualquiera de sus modalidades, se recomienda incluir en los seguros, coberturas de asistencia jurídica ya que los gastos legales pueden ser significativos en estos supuestos.

Conclusión

Es esencial que los propietarios estén bien informados sobre los riesgos asociados con la ocupación ilegal y evalúen cuidadosamente las pólizas de seguros disponibles.

La elección de un seguro adecuado puede marcar la diferencia en la gestión de estos riesgos y ayudar a evitar pérdidas económicas. Además, es fundamental distinguir entre ocupaciones ilegales y situaciones con inquilinos, ya que cada caso requiere un enfoque legal diferente.

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