03 abril 2018

El papel de la deontología en la Legaltech

Jorge MorellPor Jorge Morell
TWITTER @Jorge_Morell

A finales del año pasado el abogado Raj Abhyanker, nombrado por la American Bar Association como un “Legal Rebel” en 2013 y dueño de LegalForce (un despacho especializado en propiedad intelectual e industrial en California), demandaba hasta a 6 empresas relacionadas con el mundo de la Legaltech en EEUU.

Las empresas eran FileMy LLC, LegalZoom, Trademarks411, TTC Business Solutions, Trademark Engine y TradeMark Express. Todas ellas son nuevos proveedores de servicios legales (aunque Legal Zoom ya lleva unos años actuando, y de hecho no es la primera vez que se encuentra en un caso como el presente).

¿Qué hacen estas empresas? Pues con un concepto de “Hazlo tú mismo” muy envuelto en tecnología, asisten al usuario en el registro de marcas y patentes, proporcionándole la documentación y guiándole en los procesos de forma muy sencilla. Es decir, como un despacho de abogados tradicional pero de forma mucho más amigable, usable, online y a menor coste.

Raj Abhyanker, el demandante, considera que estas seis empresas están prestando servicios legales sin la debida autorización y que están incurriendo en casos de mala praxis, ya que raramente usan abogados en la prestación de sus servicios. Es decir, considera que están compitiendo deslealmente con los abogados y despachos más tradicionales. Las empresas niegan eso por completo y señalan que actúan de media con 4-5 abogados debidamente colegiados.

Raj Abhyanker también dice que su despacho se ha estancado a nivel de facturación en los últimos 5 años y considera en buena parte responsables a ese tipo de prestadores.

Por otro lado, y sin abandonar EEUU, en noviembre del año pasado la empresa TIKD (una app que permite recurrir multas de tráfico desde el móvil, emparejando a los recurrentes con abogados de la zona y reduciendo así el coste del proceso), demandó a la Florida Bar (algo así como el colegio de abogados del estado) y The Ticket Clinic (un despacho especializado en multas de tráfico), por considerar que estaban conspirando al lanzar una campaña de desinformación sobre la app. De ese modo, se estaría buscando que los abogados no se dieran de alta en TIKD y por tanto eliminar así a la empresa como competencia de los despachos tradicionales.

Por su parte, el Florida Bar y The Ticket Clinic consideran que TIKD está prestando servicios legales sin la debida autorización y que proporciona información legal engañosa a sus usuarios. Sea como sea, este caso va camino de la Corte Suprema de Florida y la “Antitrust division” del Departamento de Justicia de EEUU, recordó recientemente al Florida Bar que no es inmune a las normas relativas a la defensa de la competencia.

¿Qué está ocurriendo aquí? La cuestión de fondo que se está planteando en estos casos (y otros similares que van surgiendo alrededor del mundo) es hasta qué punto puede la abogacía, como ha sido entendida tradicionalmente, limitar o prevenir a la competencia. Sobre todo, la competencia que nace con formatos, enfoques y mensajes muy diferentes a los habituales, que no siempre proviene de abogados como tal y que presenta un componente tecnológico muy alto.

O lo que es lo mismo, hasta qué punto muchas de las empresas Legaltech que están intentando prestar servicios legales de formas alternativas, pueden acabar chocando con las normas estatutarias y deontológicas que informan y regulan la profesión de abogado desde hace mucho tiempo. Y si le damos la vuelta al asunto, otra cuestión que estos casos ponen de manifiesto es cuántas de esas normas estatutarias y deontológicas tiene sentido que sigan existiendo.

No es una pregunta sencilla de responder, y no considero tener la respuesta, pero sí creo que son cuestiones que debemos comenzar a plantearnos ya que tarde o temprano casos como los comentados surgirán en el mercado Legaltech nacional. De la misma forma que lo están haciendo en EEUU, Australia o Reino Unido, entre otros.

Al fin y al cabo, parece evidente que en la actualidad por ejemplo el Código Deontológico de la Abogacía Española contiene previsiones en materia de publicidad, honorarios o captación de clientes que a priori chirrían mucho con servicios Legaltech presentes, y no digamos ya con algunos de futuro.

Por tanto, ¿hay que plantearse una actualización de esas normas con vistas a lo ya presente y a lo que se avecina? ¿Hay que esperar a que los roces acaben en choques y entonces actuar? Con las implicaciones que eso puede tener. ¿O hay que plantearse un modelo diferente, por ejemplo como el adoptado en Reino Unido y defendido por Mark Cohen, en el que se separa la profesión de abogado de la industria legal?

Es decir, en Inglaterra y Gales “The Law Society” es el ente representativo de la abogacía, mientras que el “Solicitors Regulations Authority” (SRA) se encarga de regular la conducta de los “solicitors” y otros perfiles legales relacionados. Ambas son independientes, y de hecho la SRA está dirigida por perfiles no jurídicos y tiene normas más flexibles, por ejemplo con la idea de gestionar como una empresa un despacho de abogados.

Algo como lo indicado en Inglaterra y Gales es lo que representa la idea de Mark Cohen sobre separar a la profesión de abogado de la industria legal. De esa forma, mientras la profesión legal se refiere a la licenciatura, las responsabilidades éticas y respecto al cliente o la participación en el sistema de Justicia, la industria legal sería la prestación de servicios legales con alto componente tecnológico, perfiles muy interdisciplinares, gran nivel de automatización y la idea de dar más por menos dentro de unos parámetros razonables.

Muchas de las iniciativas Legaltech encajarían más en el concepto de industria legal que en el de la profesión. Pero en la actualidad es la profesión la que marca las pautas y las reglas del juego. Es decir, tenemos normas de abogados para abogados. Pero la Legaltech trae enfoques y perfiles no típicos del abogado pero que aun así prestan servicios legales (con los roces que eso está generando).

Por tanto, plantearse el papel de las normas deontológicas y estatutarias de la abogacía en relación a al fenómeno de la Legaltech creo que es un tema que merece cierta reflexión. Y ya no solo respecto al choque que habrá con diferentes modelos de negocio, sino respecto a otras cuestiones como el uso de determinadas herramientas por parte del profesional o incluso la necesidad de determinados conocimientos tecnológicos por parte del abogado.

Pero eso ya será otra historia.

Jorge Morell
Fundador de Legaltechies
TWITTER:Jorge_Morell

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