15 octubre 2018

¿Hay innovación disruptiva en el sector jurídico?

Eva BruchPor Eva Bruch
TWITTER @evabruch

Los debates sobre innovación en el sector legal tienden a girar entorno a las nuevas tecnologías y muy en especial en relación a la inteligencia artificial. El lanzamiento de nuevos servicios y aplicaciones de base tecnológica y algorítmica por parte de los despachos es ya una constante semanal en la prensa especializada y las galas para otorgar premios a los despachos más innovadores llenan las agendas de nuestros abogados y responsables de áreas funcionales. Todas estas acciones son importantes para conocer cómo el sector evoluciona, pero distraen del entendimiento de los mecanismos que causan que una industria se torne más competitiva y accesible, cambiándola por completo.

Hace cinco años HBR publicaba un artículo del profesor Clayton Christensen, en el que mostraba cómo la innovación disruptiva podía transformar el sector jurídico, si bien también consideraba que a pesar de que las primeras señales ya se estaban vislumbrando, aún era pronto para ello. Clayton sabe perfectamente que el sector jurídico ha sido durante mucho tiempo inmune a las fuerzas del cambio. El proteccionismo apalancado en leyes que blindaban el desempeño de la profesión mediante estructuras mercantiles o el acceso de terceros a dichas estructuras cuando fueron habilitadas, junto con una mentalidad un punto elitista y algo romántica del abogado, lograron alzar barreras insoslayables que solamente en los últimos años algunos han logrado penetrar. Esas barreras eran las que dejaban a una parte importante de la población sin acceso a unos servicios demasiado caros para ellos y a los que los servicios de justicia gratuita de los países europeos no lograba dar respuesta debido a su carácter público y limitado presupuesto, lo que obliga a priorizar los temas a los que puede dar respuesta.

Los cambios regulatorios del sector abordados por algunas jurisdicciones europeas, entre ellas la española, han intentado paliar este efecto, sin embargo la verdadera naturaleza del problema persiste, una fundamental desconexión entre lo que una parte importante de personas necesitan para defender sus derechos y lo que los abogados, los despachos y la administración de justicia les ofrece: despachos más innovadores para los que pueden pagarlos y soluciones limitadas a los que no.

Quizá, tarde aún algún tiempo en consolidar esta tendencia pero actualmente ya pueden verse claras señales en el mercado que, siguiendo la metodología de las seis preguntas de Clayton Christensen para determinar si una innovación es disruptiva, apuntando directamente hacia la disrupción del sector:

PREGUNTAS

para juzgar si una innovación es disruptiva

 

 

 

 

1 ¿Se dirige a no consumidores o personas no atendidas por los actuales operadores del mercado? 2 ¿Lo que se ofrece no se considera tan bueno como lo que ofrecen los actuales operadores del mercado según parámetros históricos de rendimiento? 3 ¿Es más sencillo de utilizar o consumir o más económico que aquello que ofrecen los operadores actuales?
4 ¿Tiene una tecnología de apoyo que haga que la propuesta de valor se centre en la simplicidad, conveniencia, asequibilidad y permita su mejora? 5 ¿La tecnología está alineada con una innovación en el modelo de negocio que lo haga sostenible manteniendo su propuesta de valor? 6 ¿Están los proveedores actuales inclinados a ignorar la innovación y no sentirse amenazados al principio?

Fuente: Christensen Institute. Traducción propia.

Primera señal

La disrupción no está sucediendo aún en la abogacía de los negocios. Es un sector de la industria jurídica que ofrece formas distintas de prestar servicios a sus clientes, los mismos clientes de siempre, a precios que siguen siendo elevados y que no puede permitirse una parte muy importante de la población. Ciertamente hay innovación en esta parte de la abogacía y es importante que así sea, pero su estructura no está programada ni orientada a aportar soluciones que otros operadores sí están empezando a desarrollar para un mercado largamente desatendido, por este motivo ignoran estas nuevas soluciones, no las consideran una amenaza ni les prestan demasiada atención.

Segunda señal

La disrupción en cambio sí parece tomar forma con las propuestas de nuevos operadores que con el apoyo de tecnologías que ni tan siquiera son de tipo algorítmico, están ofreciendo opciones a ese gran y desatendido público. Son soluciones que permiten consultar un abogado gratuitamente, acceder a buenos servicios profesionales a costes muy bajos, obtener documentos jurídicos de calidad por menos de lo que cuesta un desayuno, reclamar contra grandes empresas (bancos, compañías aéreas, servicios de telefonía) sin tener que desembolsar nada y pagar solamente si se gana. Y todo ello desde la comodidad e intimidad del hogar.

Tercera señal

Lejos de oportunismos puntuales, estos nuevos operadores del sector jurídico están mostrando una solidez económica y viabilidad empresarial cuya repercusión mediática está empezando a hacerse eco entre los clientes de los despachos, aquellos para quiénes nunca se diseñaron estas opciones y que ahora disponen de una alternativa más el mercado para temas, sin duda, de menor importancia, pero que quizá ya no encarguen a los despachos tradicionales.

Estas tres señales son suficientes para dar una respuesta afirmativa a las seis preguntas de la teoría de Christensen sobre innovación disruptiva y que permiten afirmar que sí, en el sector jurídico hay disrupción y proviene de la base, creando nuevos mercados y conquistando los existentes.

Siempre es bueno observar los mercados desde una base teórica de referencia que permita detectar señales tempranas y patrones de cambio. Hay operadores a los que les será casi imposible reaccionar a dichos cambios, sus enormes y pesadas estructuras no se lo permiten. Para otros en cambio, este es un momento especialmente bueno para cambiar, para sumarse a esta tendencia, aprovechar estas primeras experiencias del mercado y capitalizar su experiencia en beneficio propio.

Eva Bruch
TWITTER: @evabruch
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