Innovación Legal
07 marzo 2016
La calidad del software como origen de pleitos
La factoría de software española rara vez tiene en cuenta la aplicación de protocolos de calidad de software, o la necesidad de disponer de un informe de errores que contiene el software ya detectados, previo a la “entrega”, de manera que el cliente los valore y los acepte (o no). Esto genera procedimientos judiciales altamente costosos en términos económicos, de tiempo y de reputación que afecta no sólo al programador, sino a la propia industria del software.
Que España es un país peculiar no lo pone en duda nadie. Que una peculiaridad puede ser positiva o negativa, probablemente tampoco. Es un hecho constatado que los españoles tenemos virtudes, pero también defectos (demasiados para mi gusto).
Para ir directos al grano, uno de los mayores defectos que tenemos los españoles, en general, es que el dinero nos gusta gastárnoslo en los bares. Todo lo demás parece secundario.
Tal vez sea por eso que nos cuesta gastarnos el dinero (o mejor dicho, invertir) en abogados, asesores, licencias originales de software, música o películas obtenidas de manera legal, etc. Y el motivo de tal comportamiento, desgraciadamente, no es otro que el desprecio sistemático a la creación y al conocimiento en general, y al ajeno en particular. Lo que presupone, en definitiva, un elevado grado de incultura. Suena duro, pero es así. Sabemos de todo. No nos hace falta asesoramiento sobre nada. Los españoles somos todos abogados (no digamos ya los simples licenciados en Derecho), médicos (recetamos a todo el mundo), mecánicos, webmasters, community managers, fotógrafos, marquetinianos, en definitiva, “expertos en todo” (hasta que un tribunal nos recuerda que no es así). No sé si estará de acuerdo el lector, pero lo único que NO hacemos es sacarnos las muelas nosotros mismos, porque duele. Pero otras cosas duelen también, en otros sentidos, y no tan a corto plazo.
Y quiero referirme en este foro a una cuestión que profesionalmente me ha reportado una buena cantidad de pleitos por año: la (mala, en general) calidad del proceso de creación de software en España desarrollado por pequeñas y medianas factorías de software.
Caso de estudio: cliente que recurre a programador con una necesidad (una app, un portal interactivo, la web de su empresa, etc.); firma un contrato (redactado por ese mismo programador, que curiosamente enumera exhaustivamente las obligaciones del cliente, pero en absoluto define las del programador); se le entrega la “obra”, pero ésta tiene una cantidad de fallos tan enorme que la hacen inservible o no idónea a las necesidades del cliente. El programador, además, da por terminado el trabajo con la entrega y, abusando de los escasos o nulos conocimientos de software del cliente, le factura cada nueva hora de “arreglos” como si la responsabilidad de tales arreglos fuera del cliente y no del programador.
El origen de todo esto, como decía al inicio, es una carencia bastante generalizada en las factorías de software de este país: rara vez tienen en cuenta la aplicación de protocolos de calidad de software, o la necesidad de disponer de un informe, previo a la entrega, de los errores que contiene el software ya detectados, de manera que el cliente los valore y los acepte (o no). Algo que lleva años implantado y reconocido en los países más avanzados de nuestro entorno.
Un software entregado de manera defectuosa es un pleito perdido por el programador en la mayoría de los casos. Y la razón estriba en que un contrato redactado por ese programador suele ser tan parcial (a favor del programador) y tener una cantidad de taras y defectos de tal calado que se convierten en su peor enemigo ante un tribunal de justicia, por lo que he referido sobre la ausencia casi absoluta de mención a las obligaciones del programador (resultados, funcionalidades, tiempos, hitos, revisión de errores, etc.).
Puesto que no me gusta machacar a los compañeros programadores (algunos de los cuales se han convertido en clientes a posteriori), siempre trato de llegar a soluciones pactadas de resarcimiento, pero lo cierto es que se ahorrarían quebraderos de cabeza, y mucho dinero, si abordaran la problemática del cliente desde una perspectiva profesional.
La mayoría de ingenieros son magníficos profesionales, pero no cuentan con la capacidad real suficiente de una oficina de proyectos. Se lanzan a programar sin orden ni concierto y sin tener claras una serie de pautas que, si las siguieran, les ahorrarían tiempo y dinero. Tanto en el apartado técnico jurídico como informático.
Por mi experiencia, el promedio de horas de reprogramación, corrección de errores, etc. han triplicado de media el tiempo inicialmente empleado para la primera programación del software. Y, en el peor de los casos, además ha terminado con indemnización por daños y perjuicios al cliente, basados casi siempre en la demora en estar terminada la obra.
Creo que implementar protocolos de calidad en la creación de software, tal como hace la industria potente de nuestro entorno no debe considerarse un coste sino una inversión en tiempo, reputación y capacidad de realizar más encargos.
Una creación de contratos que tenga en cuenta estos estándares garantiza a ambas partes la mejor posición respecto a conocer cuáles son sus derechos y cuáles sus obligaciones. Hasta dónde debe llegar el programador y hasta dónde puede exigir el cliente.
Amén de que, en definitiva, tener en cuenta todo lo anterior supone ir convirtiendo esos defectos tan españoles en virtudes muy apreciadas.
Francisco Rico Cabello
Abogado especializado en Nuevas Tecnologías del Bufete MERCURE·HUB
@Curro_Rico