20 septiembre 2021

Los generadores de contratos no son competencia desleal, según el Tribunal Federal de Justicia alemán

Felipe HerreraPor Felipe Herrera

 

Como decía Schopenhauer “El cambio es la única cosa inmutable”, y al menos desde mi punto de vista, los cambios son necesarios, beneficiosos y hasta lógicos. Véase cómo las máquinas de escribir reemplazaron la escritura a mano y luego los procesadores de texto extinguieron a las máquinas de escribir.

No obstante, el sector jurídico históricamente se ha caracterizado por ser poco innovador y, por tanto, muy contrario al cambio. Solo hay que ver lo conflictiva que fue, por ejemplo, la llegada del fax, cuestionada por ser una variación muy drástica a la hora de transmitir información legal o hacer publicidad de un despacho de abogados, que no siempre fue legal.

Sea como sea, la cuestión es que la historia demuestra que el sector legal siempre ha puesto mucha resistencia al cambio, lo que está cien por cien relacionado con su configuración tradicional. Pero ese inmovilismo se ha acabado convirtiendo en un problema, ya que el mundo va evolucionando y por ejemplo, desde la llegada de Internet el conocimiento legal va mucho más allá de los operadores jurídicos clásicos.

He aquí el quid de la cuestión, ir más allá de los operadores convencionales.

Por lo tanto, además de abiertamente incitar al cambio a través de la presente columna, quiero traer a colación la reciente sentencia que dictó la Sala de lo Civil del Tribunal Federal de Justicia alemán, muy relevante para el sector Legaltech.

Pero antes de centrarnos en la sentencia, debemos retroceder en el tiempo y adentrarnos en un caso que se inició por el Colegio de Abogados Hanseático de Hamburgo quien demandó a la plataforma Smartlaw al considerar que vulneraba la Ley de Servicios Legales alemana (RDG), al ofrecer servicios jurídicos sin la participación directa de abogados.

De esta forma, a inicios de octubre de 2019, el Tribunal de Distrito de Colonia falló en favor del Colegio de Abogados, al considerar que lo que Smartlaw estaba haciendo consistía en un “inadmisible servicio legal que vulnera la ley”. Asimismo, de acuerdo con la nota de prensa que publicó el Colegio de Abogados pudimos enterarnos de que, según el fallo, uno de los principales motivos para alcanzar esa decisión fue proteger a la profesión legal de competidores no cualificados.

Además de lo anterior, el tribunal expresó que Smartlaw llevaba a engaño al consumidor final al indicar en su publicidad que los contratos generados, entre otras cosas, cumplían con los requerimientos legales, tenían la calidad propia de un abogado y eran más baratos.

En conclusión, el tribunal consideró que Smartlaw y otros servicios similares no deberían ser gestionados ni proporcionados por empresas no admitidas en la profesión legal o que de otro modo estén legitimadas por la Ley de Servicios Legales alemana.

Este claro ejemplo de no entender cómo el sector legal ha evolucionado hacia uno más abierto con nuevas formas de prestar y comercializar servicios legales, es solo uno de tantos. De hecho, en el sector legal anglosajón (especialmente en EEUU) ha habido varios casos similares con las demandas de los colegios de abogados contra plataformas como LegalZoom (en su caso, más de 8) o Rocket Lawyer, siendo ambos servicios exactamente iguales que Smartlaw, o el conocido caso de “Quicken Law Family” (un servicio que proporcionaba plantillas en materia de Derecho de familia) que fue acusado de prestar servicios legales de forma no autorizada.

Pero volviendo al caso que nos ocupa, la sentencia que expresaba que Smartlaw no era compatible con la Ley de Servicios Jurídicos fue recurrida y en junio de 2020 el Tribunal Regional Superior de Colonia anuló la sentencia manifestando que mediante este tipo de programas se está prestando un servicio de asesoramiento jurídico que no contraviene la Ley de servicios jurídicos de Alemania.

Dicho esto, recientemente la Sala de lo Civil del Tribunal Federal de Justicia alemán, dictó una sentencia, que como decíamos anteriormente, es fundamental para el sector Legaltech. Según la misma, una empresa puede desarrollar y explotar un programa informático que permita generar documentos jurídicos contractuales sobre la base de un sistema de preguntas y respuestas y una colección de módulos de texto almacenados.

De acuerdo con el tribunal, ese tipo de prácticas (la típica elaboración de un borrador de contrato con la ayuda del generador de documentos jurídicos) no es un acto de competencia desleal ni constituye un servicio jurídico no autorizado para no abogados, en el sentido de la Ley de Servicios Jurídicos de Alemania.

De esta manera, el máximo órgano judicial alemán confirmó la sentencia anteriormente mencionada del Tribunal Regional Superior de Colonia, que no estimó que mediante este tipo de programas se esté prestando un servicio de asesoramiento jurídico ni que, por tanto, con ello se esté contraviniendo la ley de servicios jurídicos de Alemania.

Sin duda, una importante victoria para el sector Legaltech europeo.

Como conclusión, hemos visto cómo se estaba cuestionando la prestación de servicios legales de forma no autorizada por plataformas online como las descritas, considerándolas como una práctica desleal que, además, puede afectar a los derechos de los consumidores.

Aun así, la cuestión de fondo no es si el tribunal acierta o no con su interpretación, si no si la Ley de Servicios Legales alemana, u otra normativa similar, están preparadas para los tiempos de cambio que el sector legal afronta en el presente y afrontará en el futuro. Evidentemente, la protección del consumidor es primordial, pero ya va siendo hora de que entendamos que no tienen nada de malo soluciones como Smartlaw o similares que son más asequibles económicamente y, de igual manera, satisfacen la necesidad del consumidor con la calidad debida.

Eso parece entender el máximo órgano judicial alemán y espero que sigan en la misma línea el resto de órganos judiciales europeos y más allá.

Por último, si queréis ampliar información sobre esta materia podéis hacerlo a través del programa formativo sobre Legaltech que realizamos en Legaltechies Academy.

Felipe Herrera

Socio en Legaltechies, consultora internacional especializada en servicios Legaltech y de transformación digital. Cofundador de Legaltechies Academy, plataforma de formación online especializada en Legaltech, innovación legal y transformación digital.

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