Innovación Legal
21 julio 2015
Menores e internet. Censura o Educación
La principal prioridad de cualquier padre o madre es proteger a sus hijos, es algo innato en cualquier especie animal.
En mis charlas sobre seguridad suelo poner en jaque a los padres cuando les digo: “seguro que muchos de vosotros ponéis el máximo celo en proteger a vuestros menores de internet, prioritariamente vigiláis el ordenador de sobremesa de vuestras casas, pero, decidme ¿cuantos facilitáis a los mismos un smartphone? Siempre olvidamos algo esencial, un dispositivo móvil es un pequeño ordenador, que salvo movilidad y tamaño, tiene las mismas prestaciones que un ordenador de sobremesa”
Como padre de dos niños de 11 y 8 años, por mi condición de amante de las nuevas tecnologías no sufro la brecha digital que separa a muchos padres de estos pequeños nativos digitales. Este conocimiento de hecho me sirve de nexo de unión con ellos.
Mi hijo de 11 años es un apasionado de las tecnologías, el iPad, el Mac o su Nintendo 3DS no tienen secretos para él respecto a uso, aplicaciones y posibilidades.
Si a esto le unimos el hecho de ser divorciado, disponiendo de un régimen de custodia compartida semanal y convivir felizmente en una familia de las llamadas “reconstituidas”, en la que mi pareja también aporta otros 2 hijos de su relación anterior, en régimen de custodia exclusiva materna, de 10 y 8 años, nos pone en la base inicial del porque de este post.
Vivimos en un momento social en el que a diario saltan a nuestros medios casos de Ciberbullying, Grooming, Sexting, y no nos damos cuenta de que las nuevas tecnologías nos han facilitado muchas cosas en nuestras vidas (ganamos en tranquilidad, en cualquier momento sabemos si a quien esperamos se encuentra bien, si se retrasa, dónde se ubica…etc), pero también nos han traído nuevas complicaciones, que debemos tener presente en nuestro ya complicado papel de padres.
En mi familia aunamos una gran experiencia sobre uno de los problemas básicos a nivel de seguridad en el uso de la tecnología que todos los padres divorciados sufrimos:
“la disparidad de los criterios de los progenitores respecto a la fecha adecuada para que un menor acceda al uso de dispositivos o terminales móviles”.
En mi caso, a los dos menores que conviven en régimen de custodia exclusiva materna, su padre, con régimen de visita de fines de semana alternos, les ha facilitado smartphones y tablets desde que la mayor tenía 8 años. De hecho en la actualidad, con tan sólo 10 años, es asidua de Whatsapp, principalmente en los tiempos de estancia con su padre.
Sí, evidentemente hay que reconocer que viene muy bien poder contactar con la menor y wasapear con ella para saber qué tal le va en los periodos de estancia con su progenitor, es genial que te envíe fotos de lo que está haciendo y tener un contacto casi a diario es tranquilizador, pero, y ¿con quién más se relaciona? ¿Con quién wasapea?, ¿con quién o quiénes se manda notas de audio o fotos?
Además de Whatsapp, ¿utiliza otras redes sociales o aplicaciones de mensajería?, ¿A qué contenido acceden estos curiosos digitales?
Estas incógnitas que hoy me planteo son las habituales de cualquier padre o madre, respecto de sus hijos/as.
Vengo observando que, a la salida de los colegios, es cada vez más frecuente ver a niños a partir de 10 años con smartphones. Ven natural actos propios de nuestra condición de adultos (compartir sus números de teléfono, hacer grupos de Whatsapp, enviarse fotografías, audios…). Y, sin darnos cuenta, una herramienta como son los teléfonos, que bien usada puede ser muy útil, puede llegar a convertirse en la peor de las pesadillas para cualquiera de nuestros hijos.
Sin ellos quererlo, su número de teléfono salta de grupo en grupo y llegan a contactar o ser contactados por personas a las que ni tan siquiera conocen.
¿De verdad somos conscientes de lo que nuestros hijos ven, escuchan o leen a través de estos dispositivos aparentemente inofensivos?
¿Alguien se ha parado a enseñar, explicar o educar a estos niños sobre el uso responsable de internet?
Salvo alguna guía como la desarrollada por el INCIBE Guía Incibe para Padres, necesitamos contenidos educacionales adaptados a los nuevos tiempos, e incluso debería impartirse como asignatura obligatoria en nuestros colegios el uso de internet, redes sociales y mensajería instantánea.
Estoy convencido de que muchos padres divorciados (y no divorciados) regalan smartphones a sus hijos menores, con la intención de tener un canal de comunicación directo con ellos, evitando depender del otro progenitor y de los roces que en situaciones de divorcios conflictivos cualquier mínimo contacto pueda provocar.
Pero, ¿de verdad estamos seguros de que con 8 años se tiene la suficiente madurez o capacidad para defenderse en la inmensidad de internet?
Por mi profesión de abogado y mi especialidad de abogado TIC, tengo la suerte, o la desgracia, de compartir parte de mi tiempo con los miembros de la Brigada Tecnológica de la Policía Nacional de Alicante, siendo una de sus principales tareas los temas relacionados con pornografía infantil o menores e internet (Ciberbullying, fotos candid, Grooming…etc).
Nuestra sociedad ha cambiado, se ha vuelto digital, pero no debemos descuidar que, al igual que en otros campos de la vida, en internet debemos formar a nuestros hijos para que la inmensidad de internet y sus contenidos no los absorban.
No me digáis que muchos en vuestra condición de padres preocupados no habéis tenido el impulso de instalar aplicaciones de control y espionaje parental, muchos incluso utilizan keyloggers para saber todo lo que teclean, geolocalización por Gps o acceden indiscriminadamente a las fotografías, perfiles de sus redes sociales o aplicaciones de mensajería instantánea.
Pero, como padres, yo pregunto ¿censuramos o educamos?.
Según el artículo 4.1 de la Ley 1/1996 de 15 de enero sobre Protección Jurídica del Menor,
“Los menores tienen derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Este derecho comprende la inviolabilidad del domicilio familiar y de la correspondencia, así como el secreto de las comunicaciones”
Artículo que tiene su precedente en nuestra Carta Magna, artículo 18, como uno de nuestros derechos fundamentales.
¿De verdad creemos que ser padres significa limitar el derecho a la privacidad, espiar, controlar y acceder a contenido privado de nuestros hijos, de verdad queremos cometer ilícitos penalmente castigados?.
Desde mi modesto punto de vista, la mejor arma de protección para nuestros hijos es educarlos en el uso del sentido común, explicarles los graves peligros a los que acceden y darles las herramientas adecuadas para sortearlos.
Compartamos nuestro tiempo con ellos, para aquellos que no son tan avispados en el uso de las nuevas tecnologías, dejaros enseñar por ellos y completar sus conocimientos con algo que a ellos todavía les falta, experiencia, prudencia y seguridad.
Demos a nuestros hijos valores adecuados, hagámosles comprender que sus actuaciones pueden derivar en consecuencias perjudiciales para ellos mismos, en definitiva enseñémosles a navegar seguro por internet.
Javier González González
Abogado-Director Jurídico de Defensa Digital
Miembro de Enatic
@GonzGonz_Javier