28 abril 2016

Mi contrato, al aparato

Iñigo Jiménez Por Iñigo Jiménez
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Hoy en día estamos de alguna forma casados con alguna compañía que nos permite acceder a internet desde nuestros hogares o hablar y estar permanentemente conectados con nuestros dispositivos móviles.

Contratos

El contrato que firmemos puede ser con permanencia, lo que nos “obliga” a estar “casados” con dicha empresa durante un tiempo establecido y si no cumplimos deberemos de pagar una penalización; o sin permanencia, con lo que en cualquier momento podremos darnos de baja o cambiar el contrato sin ningún tipo de penalización.

En estas últimas fechas varias operadoras al unísono han decidido, de forma unilateral, realizar cambios en los servicios que ofrecen, desde subidas en el precio de los servicios ofrecidos, cobro por el exceso en el consumo de datos, cobro por servicios que antes no se cobraban, etc. De media han incrementado en unos 32 euros al año las tarifas a sus usuarios.

Estos cambios en los contratos se justifican en que son para dar mejoras en los servicios que ofrecen (mayor velocidad, más llamadas telefónicas, mayor volumen de datos, acceso a servicios complementarios como canales de TV, retransmisiones deportivas, etc.).

Pero, ¿y si yo no quiero esas mejoras y simplemente quiero que me dejen como estoy? Esta posibilidad no la están contemplando ninguna de estas operadoras. Han hecho como las lentejas, si las quieres las tomas y si no las dejas.

¿Qué podemos hacer para defender nuestros derechos como consumidores?

  • Las operadoras tienen la obligación de informar a sus usuarios con un mes de antelación de dichos cambios ofreciendo la posibilidad de no seguir con dicho contrato sin penalización alguna. Si las condiciones del contrato varían y tienes permanencia tienes dos opciones:
    • Si deseas seguir con la compañía, ésta está obligada a mantener las tarifas que firmaste en el contrato de permanencia pues el contrato es vinculante entre las dos partes. Imagínate que has pagado tu seguro anual del coche y una vez pagado, de repente un mes te dicen que pagues 50 euros más justificando la subida en que es para que tu coche esté perfectamente asegurado cuando hagas salidas al campo, sitio que no pisas nunca como buen urbanita.
    • Si no deseas seguir con la compañía, tienes derecho a anular el contrato sin coste alguno y a que tu operadora te abone como compensación la cantidad que establece el contrato de permanencia como penalización en el caso de rescindir el contrato antes de tiempo.
  • Las operadoras deberían haber informado previamente a sus clientes de dichos cambios/mejoras en sus servicios y el que estuviera interesado que los contratara pues tal y como indica el Real Decreto Legislativo 1/2007 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios “la imposición al consumidor y usuario de bienes o servicios complementarios o accesorios no solicitados tiene la consideración de cláusula abusiva”.

 

  • Puedes informarte (y si consideras oportuno realizar las oportunas denuncias o reclamaciones) en:
    • Asociaciones de consumidores (OCU, Facua, etc.)
    • Secretaría de Estado de Telecomunicaciones (SETSI) del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
    • Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan) del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
    • Dirección General de Comercio y Consumo de tu comunidad autónoma.

 

  • Y si quieres saber con todos los detalles tus derechos consulta el Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas.

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