21 septiembre 2015

Tecnologías de geolocalización para facilitar la aplicación normativa en Internet

Foto: Mª Isabel Carmona González
Foto: Mª Isabel Carmona González

El aumento de la prestación de servicios on-line fundamentados en la localización geográfica ha propiciado el desarrollo de técnicas que permiten la localización geográfica de los usuarios y operadores en la red y está provocando un importante cambio en la percepción del funcionamiento de la red por parte de sus usuarios. Así el internet que conocíamos hasta ahora (un espacio sin fronteras) se transforma en algo más parecido al mundo “real”. Este hecho contribuye a que vuelva a recobrar su sentido la aplicación en internet de las normas de Derecho Internacional Privado basadas en criterios de localización territorial para determinar el ordenamiento y la jurisdicción aplicables.

Últimamente ha crecido el interés por establecer límites o particiones de carácter territorial en internet. Este interés es compartido por los estados (con la intención de consolidar el ámbito de aplicación de sus ordenamientos o proteger a sus ciudadanos de la exposición a determinados contenidos) y por el resto de operadores y usuarios. Así, a las empresas y prestadores de servicios les interesa asegurarse el cumplimiento de los requisitos para operar establecidos por las jurisdicciones en las que actúan o hacia las que pretenden dirigir su actividad y además aprovechar las ventajas que pudieran obtener de la compartimentación del mercado en el que se encuentren mejor posicionados, al tiempo que minimizan los riesgos derivados de su exposición a múltiples ordenamientos. Por otra parte, el interés de los propios usuarios y consumidores radica en poder actuar en un entorno jurídico que responda a los estándares a los que están acostumbrados, siendo plenamente conscientes de en qué momento abandonan dicho entorno para pasar a estar sometidos a una jurisdicción diferente.

Esta “compartimentación” del ciberespacio se realiza mediante herramientas de geolocalización que permiten, de un lado, establecer dónde se encuentra situado el usuario u operador y, por otro, controlar el contenido que se pone a disposición de los usuarios (o al que se les deniega el acceso) sobre la base del lugar donde se encuentren.

El creciente uso de esta tecnología no es sólo el resultado de la voluntad de los operadores de internet, sino que incluso empieza a ser una obligación impuesta por alguna normativa nacional.

En un principio el uso de las técnicas y herramientas de geolocalización perseguía propósitos comerciales o de marketing ya que permitía a los operadores obtener una valiosa información acerca del mercado al que dirigían sus productos y servicios y también realizar segmentaciones para mejorar sus resultados. Posteriormente se confirmó su utilidad en materia de prevención de fraudes y finalmente se considera un medio adecuado para asegurar el cumplimiento de ciertos requisitos legales en relación a la actividad desarrollada por medio de internet.

El hecho cierto es que en la actualidad la tecnología de geolocalización está suficientemente desarrollada y alcanza un aceptable grado de fiabilidad lo que hace que pueda ser tenida en cuenta seriamente en el proceso de desarrollo de la regulación legal de Internet.

Como métodos para llevar a cabo esta compartimentación del ciberespacio destacan:

  • La utilización de filtros de contenidos o en la actuación de los prestadores de servicios de la sociedad de la información. Son métodos controvertidos ya que pueden suponer una limitación a las libertades de expresión y de información que es inadmisible en los ordenamientos democráticos.
  • Las herramientas y técnicas de geolocalización usadas por los prestadores de servicios a fin de establecer el control del acceso, tanto en función de eventuales objetivos comerciales, como en cumplimiento requerimientos del ordenamiento jurídico al que se encuentren sometidos.

En cuanto a la configuración de estas últimas podemos distinguir:

  • Herramientas que identifican la situación del usuario o de la información. Se basan en la confianza sobre la veracidad de la información facilitada por el usuario a la hora de operar en internet (cumplimentación de formularios online, direcciones de entrega, aceptación de términos de uso, Clik-Wrap agreements, etc). Aunque puedan ofrecer algunos indicios sobre donde pueda encontrarse situado el usuario o hacia donde se distribuye la información su nivel de fiabilidad es bastante cuestionable.
  • Herramientas de carácter técnico:
    • Herramientas incorporadas a los navegadores (configuraciones de idiomas, husos horarios o localización facilitada por el usuario). Si bien ofrecen algunos datos respecto a la localización, presentan un alto nivel de imprecisión y pueden ser fácilmente sorteadas por usuarios interesados en ocultar su identidad o su emplazamiento, por tanto tendrían un valor limitado como elemento de localización geográfica dentro de un contexto legal.
    • Herramientas que actúan desde la vertiente del usuario. Operan desde su propio ordenador o dispositivo inalámbrico. Normalmente utilizan un sistema de posicionamiento por GPS (vía satélite) o sistemas de triangulación utilizando antenas de telefonía móvil. Una vez determinada la posición del usuario por uno de estos métodos, el dispositivo transmite dicha información cada vez que sea requerido por un proveedor de contenido o un sitio web al que acceda el usuario. Estos sistemas se usan cada vez más ante el creciente uso de dispositivos móviles que incorporan tecnología WiFi.
    • Herramientas que operan desde el ámbito del servidor. Suelen utilizar la dirección IP del dispositivo “traduciéndola” a localizaciones geográficas sobre la base de la información almacenada por un proveedor de servicios de geolocalización. Presentan problemas de fiabilidad pues dependen de la precisión del contenido de las bases de datos del proveedor de servicios de geolocalización y además existe la posibilidad de que los usuarios puedan sortear estos mecanismos utilizando técnicas o herramientas que mantienen su identidad en el anonimato.

Pese a las críticas que pueden recibir, es incuestionable que el desarrollo y el uso de estas herramientas es cada vez mayor, lo que está provocando una transformación en la concepción de internet como un espacio sin fronteras y, en definitiva, en la posibilidad de controlar y/o prever el alcance y efectividad de la distribución de los contenidos y la información en la red.

Como reticencias a la postura de dotar de un mayor valor jurídico a las tecnologías de geolocalización destacan la tradicional consideración por los tribunales de la naturaleza de internet como un espacio independiente y sin fronteras por lo que a los proveedores de contenidos no les era posible limitar su distribución, ni podían prever o controlar el acceso a la información desde cualquier ubicación. Esta interpretación ha tenido una gran importancia a la hora de establecer la responsabilidad de los proveedores de contenidos puesto que se reducirían considerablemente los supuestos en los que podría declararse pero está empezando a cuestionarse.

En segundo lugar estaría el posible efecto que podrían tener sobre el funcionamiento del mercado interior, pues podría considerarse que su utilización para limitar el acceso a determinados contenidos podría constituir una discriminación por razón de residencia y por tanto una restricción del mercado interior no acorde con los Tratados.

Pese a las objeciones apuntadas, empieza a destacarse el incuestionable efecto positivo de las técnicas de geolocalización para facilitar la aplicación normativa en Internet porque aportan un estimable nivel de certeza y seguridad jurídica que ayudan a la hora de determinar la ley y jurisdicción aplicables y por ello están empezando a ser tomadas seriamente en consideración a este respecto tanto a nivel doctrinal, por los órganos jurisdiccionales y deben serlo por los propios abogados.

Mª Isabel Carmona González

Abogado

Miembro de ENATIC

https://es.linkedin.com/in/mariaisabelcarmonagonzalez

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