Blog de Derecho Ambiental
26 septiembre 2022
La ley que reconoce derechos al Mar Menor y su cuenca: un nuevo paradigma para la defensa jurídica de la naturaleza
Hace un año aproximadamente, escribía en este blog sobre el desastre ambiental que se estaba produciendo en el Mar Menor de Murcia. Hoy, este espacio natural protegido vuelve a ser protagonista, pero no por la tragedia ambiental sino por una medida innovadora y audaz como es la promulgación de una ley que dota al mismo de personalidad jurídica. Es un reto ver cómo el esfuerzo de unos juristas comprometidos en la defensa ambiental, y amparados por el soporte de la ciudadanía (640.000 firmas apoyaron esta iniciativa legislativa popular) han dado lugar a la promulgación de la referida ley, que dota de derechos al Mar Menor.
Es Eduardo Salazar, abogado y doctor en derecho, uno de los activos promotores de esa iniciativa, quien nos explica en este blog el desarrollo, la evolución y el contenido de esta nueva ley, que debe suponer un avance en la defensa y protección de ese espacio natural tan emblemático como es La Manga del Mar Menor.
Jose Manuel Marraco Espinós. Abogado
La ley que reconoce derechos al Mar Menor y su cuenca: un nuevo paradigma para la defensa jurídica de la naturaleza
Eduardo Salazar Ortuño. Abogado y Doctor en Derecho
En vísperas de la publicación en el Boletín Oficial del Estado del texto definitivo de la Ley aprobada en el Senado el pasado 21 de septiembre, merece la pena celebrar la aprobación de una norma semejante mediante un análisis del contexto que ha provocado la aprobación de esta Ley pionera en Europa y una prospección sobre lo que puede ocurrir en relación con el ecosistema del Mar Menor, la mayor laguna salada del Mediterráneo europeo. Una desgracia ecológica que ha provocado una reacción ciudadana sin precedentes y que será conocida en todo el mundo. Junto a la prospección jurídica considero necesario resaltar la dimensión humana de este hito legislativo.
He tenido la suerte de vivir de cerca este proceso por mi colaboración desde hace unos años con la profesora de Filosofía del Derecho Teresa Vicente Giménez en la Universidad de Murcia, ideóloga de la Ley que pronto entrará en vigor. Es una oportunidad muy grata la de compartir en este blog de la Abogacía Española el esfuerzo realizado por todas las personas que hemos ido creyendo en la necesidad de que el Derecho se adapte a una Ética ecológica que ha ido avanzando en los últimos ante la degradación planetaria (Antropoceno), aspire a un nuevo modelo de Justicia que tenga en cuenta una relación de los seres humanos con los ecosistemas que posibilitan la vida y, además, introduzca el elemento participativo y de acceso a la justicia que requieren los compromisos internacionales que hemos asumido (Convenio de Aarhus).
La profesora Teresa Vicente no solo es experta en la exigibilidad de los derechos humanos, sino que ha sido una abogada comprometida socialmente en los años previos a su incorporación a la Universidad. Su planteamiento, que hunde sus raíces en la Filosofía del Derecho y la función crítica sobre el ordenamiento jurídico, no despega los pies del suelo pues sabe que, sin la posibilidad de una Justicia procedimental adecuada, el reconocimiento de derechos puede quedar en nada. Teresa Vicente me ha enseñado y convencido de que, como juristas y aunque nos abrume la briega de la práctica judicial, no debemos asumir un mero papel de aplicadores de un Derecho positivo que puede estar fallando en la consecución de sus fines, sino que debemos criticar y, si es posible, ser creativos en nuestra actitud hacia el Derecho.
De sobra es conocida la situación de degradación ambiental e institucional en torno a la gestión del Mar Menor como espacio natural protegido desde la década de los 80 del siglo pasado y la crisis eutrófica acaecida desde 2015. Los esfuerzos de los grupos de defensa de la naturaleza y los científicos comprometidos por advertir de los excesos de la actividad minera, urbano-turística y agraria en las últimas décadas no han sido capaces de ralentizar un modelo socioeconómico que nos ha conducido al colapso del ecosistema lagunar. Desde 2016 ha venido despareciendo la casi totalidad de la flora marina y cuando en 2019 los peces y resto de fauna marina salieron del agua en busca de un oxígeno negado por el exceso de nutrientes en las aguas del Mar Menor, la tragedia dejó de ser la crónica de un ecocidio anunciado para sumir a la ciudadanía en la solastalgia, esa tristeza que acompaña a los que ven desaparecer un paisaje natural identitario.
Como juristas especializados en la materia ambiental no podíamos contemplar una catástrofe similar sin sentir además la frustración por el fracaso de un Derecho Ambiental que se califica como preventivo. ¿Para qué ha servido la legislación y los instrumentos jurídicos creados para proteger la biodiversidad y el dominio público asociados al Mar Menor? Es obvio que debemos medir la efectividad de este Derecho Ambiental que no impide la hecatombe del Mar Menor, incluso cuestionar la legalidad de las actividades privadas y públicas que han contribuido, por acción u omisión, a este desastre. Cualquiera es libre de conformarse solo con un Derecho represivo que se concreta en procedimientos penales eternos que no suelen terminar en condena por delito ecológico o con la difícil activación de un complejo sistema de responsabilidad medioambiental (Ley 26/2007), pero unos cuantos juristas murcianos hemos decidido que llegaba el momento de crear un tablero de juego complementario. Además de escuchar la voz del Mar Menor y la de los pueblos que en otras partes del mundo mantienen la idea de la dignidad de la naturaleza, hemos sido conscientes de que la situación merecía una implicación jurídica más intensa: la vis expansiva en el reconocimiento de derechos a la naturaleza, como el atributo más poderoso de la personalidad jurídica. Si en el pasado se han reconocido derechos a personas indebidamente excluidas (mujeres, esclavos, personas de otras razas o etnias, menores) y se ha dado personalidad jurídica a entes no humanos (corporaciones, fundaciones, asociaciones, etc.), no sin una tremenda lucha social en el primero de los casos, quizá ha llegado el momento de avanzar en esa dirección en relación con el ente central de nuestras vidas: el ecosistema.
Esta idea jurídica, con un fuerte anclaje filosófico y de renovación crítica frente a las consecuencias del Antropoceno no es nueva, pese a que ha sido y sigue siendo menospreciada en muchos foros de decisión jurídica del mundo occidental. Una cuestión ciertamente extraña partiendo de que existe un programa específico de las Naciones Unidas (“Armonía con la Naturaleza”) y varias constituciones modernas que asumen los derechos de la naturaleza, así como experiencias sociales y judiciales desde Nueva Zelanda a Colombia, pasando por Canadá.
La profesora Teresa Vicente aterrizó en Murcia tras una estancia en Gran Bretaña donde estudió la Sentencia de la Corte Constitucional Colombiana en relación con el maltrecho río Atrato, para contemplar la mortandad masiva de fauna marina del Mar Menor en 2019 con una idea, proponer al legislador la personalidad jurídica al Mar Menor y garantizar unos derechos básicos. A lo anterior debía unir ineludiblemente un componente de exigibilidad basado en la idea de la democracia ambiental contenida en el espíritu del Convenio de Aarhus: el empoderamiento de la ciudadanía en la toma de decisiones y un amplio acceso a la justicia. Y para eso estuvimos y estamos.
La Clínica Jurídica Ambiental de la Universidad de Murcia reunió a juristas entusiasmados que conectaron la idea con los mecanismos democráticos con los que cuenta la ciudadanía para provocar nueva legislación y el planteamiento llegó a oído de un dirigente local del municipio ribereño de Los Alcázares. La plaza del Espejo, a orillas del Mar Menor, conectó en el verano de 2020 a juristas y representantes de los movimientos vecinales de defensa de la laguna costera para iniciar un largo camino. Primero se planteó una iniciativa legislativa popular municipal promovida por el Alcalde de Los Alcázares ante la Asamblea Regional que no fue entendida y fue bloqueada en el órgano legislativo murciano. Ese mismo mes de julio, una Comisión Promotora de ocho personas, presentamos en Madrid la solicitud de inicio de una Iniciativa Legislativa Popular, conforme a lo establecido a la correspondiente Ley Orgánica que la regula.
El proceso ha tenido varias fases y quizá la más difícil fue la de la recogida de firmas, en pleno confinamiento derivado de la pandemia. La ilusión de muchas murcianas para recoger firmas manuscritas en las calles y plazas de toda la Región devuelve la esperanza en la democracia a cualquiera y acredita que la ciudadanía entiende el nuevo reto ecocéntrico que tiene el Derecho por delante. La cifra de firmas ascendió a casi 640.000 y en casi todos los rincones de España llegaron pliegos para suscribir esta iniciativa legislativa. Numerosos artistas se acercaron para amplificar una movilización caracterizada por la independencia política y la inclusión. Hasta el propio Mar Menor desveló su firma a través de la creatividad de un perito calígrafo.
Después de la fase social, después de la burocracia ante la Junta Electoral Central y el recuento oficial, la Mesa del Congreso dio entrada a un texto breve pero que condensa muchos conceptos pioneros y catalizadores de la protección ambiental. La tramitación y el debate parlamentario ha sido seguida muy de cerca por los firmantes, como lo será su efectiva aplicación, y la permeabilidad de las instituciones y personas de las Cortes Generales ha estado a la altura del esfuerzo ciudadano. Desde la recepción de los motivos de la ILP en la Comisión de Transición Ecológica del Congreso hasta la votación definitiva y aplastante en el Senado, pasando por la toma en consideración del Pleno del Congreso y el minucioso y transparente trabajo de enmiendas, nos ha devuelto a muchos la confianza y hemos sido conscientes del empoderamiento ciudadano que brilla en contadas ocasiones en nuestra democracia.
Para resumir los retos más importantes de la Ley y sus implicaciones en el ordenamiento jurídico, quisiera resaltar que junto a la personalidad jurídica atribuida por el legislador a un ecosistema (artículo 1), la carta de derechos (artículo 2) a la que darán contenido el Comité Científico creado en el artículo 3 y las obligaciones urgentes dirigidas a las autoridades públicas (artículo 7), se inicia un proceso democratizante en relación con la toma de decisiones de preservación y restauración del Mar Menor y su cuenca. Las personas tutoras del Mar Menor provendrán de la ciudadanía concienciada con la supervivencia de la laguna costera, junto a las Administraciones Públicas competentes, a través de los Comités de Representación y Seguimiento (artículo 3) y cualquier persona podrá acceder a la justicia en condiciones ventajosas para defender en vía administrativa y judicial los derechos del Mar Menor y su cuenca (artículo 6). Aunque existen incógnitas puntuales en torno al funcionamiento eficaz de los órganos de representación y seguimiento, el camino está sembrado de herramientas para la eficacia de este nuevo escenario de colisión de derechos de la naturaleza frente a derechos de propiedad, derechos urbanísticos, autorizaciones de vertido, gestión de la biodiversidad y del dominio público marítimo-terrestre e hidráulico. La condición de revulsivo a la función preventiva y restauradora del Derecho Ambiental subyace en la mens legislatoris. La conexión con el artículo 45 de la Constitución, que requiere de una actualización urgente, es indudable y debe convocar a todos los Poderes públicos. El Legislativo ha estado a la altura de la iniciativa ciudadana, ahora es el turno del Ejecutivo -desarrollo reglamentario- y el Judicial -sensibilidad en la ponderación de los derechos de la naturaleza en los procedimientos que se inicien en las distintas jurisdicciones, en las que este nuevo ente natural podrá personarse como parte interesada, lo que supone un potencial de esta nueva Ley.
El giro ecocéntrico del legislador español, impulsado democráticamente reverberará sin duda en toda Europa y calará en una sociedad que debe replantearse su relación con la naturaleza que, en el caso del Mar Menor y su cuenca, deja de ser un objeto – un recurso natural -, para convertirse en un sujeto. Una personica, como decimos en Murcia.