Blog de Derecho Penitenciario
04 julio 2017
Fracasos penitenciarios ¿inevitables?
Muchas opiniones se han vertido en los últimos días sobre el denominado “violador del ascensor”, la doctrina Parot y las resoluciones del TEDH.
Antes de entrar en materia, es necesario partir de una premisa fundamental y desconocida por la ciudadanía, la reincidencia sí que es elevada en la delincuencia menos grave –en torno al 50%- pero no lo es tanto en la delincuencia más grave (contra la vida y la libertad sexual) que es inferior al 10%.
Este hecho desconocido por la ciudadanía le genera una preocupación infundada. Así en el estudio denominado “La sociedad española frente a su sistema penal” de la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía se demostró cómo solo el 4% de la ciudadanía conocía que la reincidencia en la delincuencia más grave es muy inferior a la cometida sobre los delitos menos graves.
¿Es oportuno centrar el debate, como se ha hecho, solo en el autor, los hechos y la alarma generada o sería procedente analizar qué es lo que se está haciendo mal por la Administración encargada de la resocialización para que estos hechos sigan reiterándose?
En general, la apuesta tratamental de la Administración Penitenciaria es muy deficiente. Uno o dos psicólogos para 500 o 600 personas internas es una cifra totalmente inaceptable y explican una reincidencia general tan elevada. Escasos medios profesionales, para una población tan deteriorada, poco o nada pueden hacer.
En el tema sexual, denunciaba la psicóloga forense Rocío Gómez que son pocos los condenados que pueden acceder a terapias; es necesario contar con más recursos y en especial centrarse en el inexistente tratamiento individual. En 2015 participaron en estos programas 396 internos, pese a haber 3.050 hombres en prisión por delitos contra la libertad sexual. Más información se puede leer en http://www.eldiario.es/sociedad/violador-ascensor-consigue-rehabilitar-agresores_0_655134813.html
Desde los Servicios de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria hemos constatado que los programas no están disponibles en todas las prisiones. De hecho, lo están en menos de la mitad.
La pregunta sería: ¿qué hizo la Administración durante los más de 20 años que estuvo en prisión el violador del ascensor, para evitar que esto sucediera; o qué está haciendo manteniendo a 2.600 presos sin terapia?
A juicio de quien suscribe, si la Administración es responsable económicamente ante las víctimas de los hechos cometidos durante los permisos de salida, al tratarse de “inevitables fracasos penitenciarios” (Sentencia Tribunal Supremo, 29 de noviembre de 2011, sección 4.ª, Recurso 6339/2009), también debería serlo de los más que evitables fracasos en los supuestos de comisión de delitos tras permanencia en prisión sin tratamiento (al menos mientras no se demuestre que se ha hecho lo necesario para reinsertar).
En definitiva, el Gobierno debería modificar su política penitenciara, a fin de apostar por la rehabilitación, en lugar de hacer lo que está haciendo, que es aprovechar para defender su medida estrella, su solución mágica, la prisión permanente revisable. Pena que, tras dos años de vida, aún no ha sido aplicada, y sobre la que el Consejo General de la Abogacía Española, como la gran mayoría de colectivos, ya se posicionó en contra de forma contundente.
Valentín Jesús Aguilar Villuendas
Abogado
Miembro de la Subcomisión de Derecho Penitenciario del Consejo General de la Abogacía Española