17 diciembre 2018

La innegable necesidad de la creación y presencia de los SOAJPS en las prisiones (también en Canarias)

El panorama en los centros penitenciarios

El fin primordial de la pena según el artículo 25 de la Constitución no es el almacenamiento de personas en un espacio cerrado durante un tiempo determinado, con el único objeto de quitarlas de la circulación. No es ése el fin, pero muy bien podría serlo si tenemos en cuenta la realidad de las cárceles españolas, la falta de recursos de las administraciones responsables y las regulares campañas mediáticas que tildan al colectivo de reclusos de “irrecuperables” a todos los efectos, y que sólo esgrimen el argumento de aumentar el tiempo de prisión.

La realidad que se ha dicho de las prisiones, para aquellos que las conocemos, es que sirven menos a los fines de reeducación y reinserción de lo que debieran, empezando porque ya de por sí el aislamiento minora –hasta el extremo- la dimensión social de la persona. La cárcel nunca debería ser un agujero negro donde se engulle al infractor, se le separa de todo su entorno en casos durante décadas; tampoco debería ser un simple congelador de patologías que cuando se sale de ella se está expuesto a la virulencia de la enfermedad que le llevó a delinquir.

Ante ese panorama, que se ha ido mejorando a paso de tortuga con programas concretos en algunos centros de cumplimiento, nos topamos con que el condenado a pena de prisión que no tuviera recursos económicos quedaba en la más absoluta soledad desde el punto de vista jurídico y sobre su situación penitenciaria. El abogado defensor del turno de oficio había cesado en sus funciones con la sentencia y algún que otro trámite inicial de la ejecutoria; y la figura del jurista en prisión era más que testimonial al dedicarse en algunos centros a más de 500 internos, como se ha dado el caso con los recortes.

El esfuerzo meritorio de numerosos abogad@s, muchos de ellos a los que tengo la suerte de conocer y que dignifican nuestra profesión, ha hecho posible que desde hace más de veinte años se esté prestando un servicio de orientación y asistencia jurídica en distintas prisiones españolas, en algunos casos sin remuneración alguna, intentando aliviar la travesía del desierto a miles de reclusos (en ocasiones deshaciendo entuertos), reduciendo de forma considerable la indefensión y coadyuvando sin duda a que aquéllos crean en sus posibilidades de formar parte de la sociedad.

En las Islas Canarias

El Colegio de Abogados de Las Palmas suscribió convenio con Instituciones Penitenciarias. en el mes de septiembre de 2014, y desde esa fecha un grupo de voluntari@s hemos venido acudiendo a las dos prisiones de Gran Canaria (Salto del negro y Las Palmas II) y Lanzarote (Tahíche), que suponen en total un espectro cercano a los dos mil presos. En el año 2016 el Encuentro anual de los servicios de orientación se celebró en nuestra capital, con generosa participación de letrad@s de todo el Estado a pesar de la distancia, y en decidido apoyo a la consolidación del servicio en dichas tres prisiones de la provincia.

En las primeras semanas de funcionamiento nos llegó una solicitud de un recluso que textualmente decía: “soy español, tengo derecho a que me asista el servicio de orientación” y que delataba la calamitosa realidad de que si estuviera en cualquier prisión de la Península estaría asistido por los grupos que ya estaban en funcionamiento mientras que, a más de mil kilómetros de allí y en este archipiélago, se hallaba en el limbo.

Durante estos años hemos apoyado la tramitación del turno de oficio civil de los reclusos (hasta ese momento no tenían acceso, y hemos detectado numerosos casos de rebeldía procesal forzada en temas de guarda y custodia), hemos evacuado consultas de todo tipo y hemos impulsado varias revisiones por bis in idem de Juzgados distintos y triplos de la mayor erróneos. Pero ante todo hemos intentado ser ensambladores virtuales de aquellos penados que tenían multitud de condenas cuyos abogad@s asignados por turno no podían tener la perspectiva en conjunto.

El grupo (inicialmente vinculado a la Asociación pro Derechos Humanos de Canarias) que ha venido prestando el servicio durante estos cuatro años a trancas y barrancas, sin remuneración alguna, lo ha realizado con la ilusión y la expectativa de que las instituciones isleñas tomen conciencia y se comprometan con esta necesaria labor, de tal manera que se incluya en la remuneración del turno de oficio, en garantía de su calidad y continuidad. Es indudable que con un servicio de estas características, consolidado desde la esfera pública, se vería recompensado el esfuerzo de este grupo de voluntari@s durante todo este tiempo. Y si es cuestión de pedir, con la participación de los restantes Colegios del archipiélago, a ver si pronto es una realidad en todos los centros penitenciarios de Canarias, para seguir mejorando el panorama.

Juan Carlos Estévez Rosas

         Coordinador del Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria del Colegio de Abogados de Las Palmas

         Miembro de la Subcomisión de Derecho Penitenciario del Consejo General de la Abogacía Española

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