08 enero 2025

Ley de Paridad en prisión: un avance hacia la igualdad laboral y reinserción de las mujeres

Por Olga Azabal Castillo y María Guiu Castillo, letradas del Colegio de Abogados de Zaragoza. 

Recientemente se ha publicado la Ley Orgánica 2/2024, de 01 de agosto de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, conocida como la “Ley de Igualdad” y que se publicó en el BOE nº 186, de 2 de agosto de 2024.

La Ley Orgánica 2/2024, de 01 de agosto (Ley de Paridad), establece la representación paritaria y la presencia equilibrada de mujeres y hombres con el objetivo de avanzar en la igualdad efectiva entre ambos sexos, conforme al artículo

9.2 y 14 de la Constitución Española y la Directiva (U.E) 2022/Europeo y del Consejo de 23 de noviembre de 2022.

En este artículo hemos querido analizar si este esfuerzo de los poderes públicos para lograr la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de la mujer tiene su aplicación en el ámbito penitenciario y, más concretamente, en el acceso a un puesto de trabajo remunerado por parte de las mujeres presas y en la formación para el empleo que, fuera de prisión, pueda servir para sustentar a la familia.

¿Tienen las mujeres presas en nuestro país las mismas oportunidades de acceso a un puesto de trabajo remunerado que los hombres?

Según datos obtenidos de Instituciones Penitenciarias, en diciembre de 2023, la población reclusa en nuestro país ascendía a un total de 56.698 personas presas. De esta cifra 52.698 eran hombres y 4.000 mujeres. Los hombres representan un 92,9% de la población reclusa, las mujeres representan el 7,1% restante.

En junio de 2024 la Institución Penitenciaria española contabilizaba un total de 11.375 internos empleados. Un 20% de la población reclusa se encuentra trabajando. Por desgracia no hemos podido obtener el dato disgregado por sexos por lo que nos costará analizar si en nuestro país trabajan el mismo número de hombre presos que de mujeres presas.

Sin miedo a equivocarnos afirmaremos que la respuesta a la pregunta formulada:

¿Tienen las mujeres presas en nuestro país las mismas oportunidades de acceso a un puesto de trabajo remunerado que los hombres?, es un rotundo NO.

Varias son las causas que apuntan a que las mujeres no puedan acceder en igualdad de condiciones a los trabajos remunerados en los talleres productivos. Estos son los trabajos que les generan mayores rendimientos económicos y que les permiten ampliar su formación y experiencia para el acceso al mercado laboral fuera de prisión.

Las cifras nos arrojan quizás datos equívocos, pues nos indican que el colectivo de mujeres accede al trabajo retribuido en mayor proporción (un 9,27%) que su representatividad en el conjunto de la población reclusa (un 7,1% como hemos señalado con anterioridad).

Lo cierto es que las mujeres, aunque acceden a algunas actividades profesionales de alta insertabilidad en nuestro mercado de trabajo, como confección y manipulados, apenas se incorporan a los talleres y actividades considerados tradicionalmente masculinos. Casi ¾ partes de los empleos de las mujeres en las cárceles de corresponden con servicios de la propia red (servicios de cocina, panadería, economato, etc), experiencia difícilmente acreditable para su inserción laboral en el mercado de trabajo.

Las mujeres acceden difícilmente a los trabajos en los talleres productivos porque estos se encuentran en módulos de hombres. La solución que podía plantearse a este problema, que nace de la distribución y organización de las prisiones en España, sería la de ubicar los talleres productivos en zonas/módulos mixtos para que tanto hombres como mujeres pudieran acceder a un trabajo de este tipo.

Otro de los problemas detectados en el análisis de las cifras es que las mujeres reciben una formación para el empleo diferente y con menor empleabilidad que la que reciben los hombres. Las cifras oficiales demuestran que, tanto en formación como en empleo, las mujeres son más activas que los hombres, pero la formación y el trabajo que desempeñan lo realizan en los denominados talleres auxiliares. En estos talleres, aunque se incluyen trabajos tan diversos como el de soldador-alicatador, la mayoría son empleos vinculados tradicionalmente con el mundo femenino como lavandería o limpieza de zonas comunes. Los trabajos que tradicionalmente podrían considerarse masculinos y que, en principio, parecería que podrían ofrecer más salidas laborales (pintura, electricidad , fontanería, etc) están ocupados fundamentalmente por hombres.

El trabajo penitenciario reproduce una realidad ya superada en la “vida civil”, que considera que unos trabajos son femeninos y otros deben ser asignados a los hombres. La solución a este problema pasa por una mayor formación de las mujeres en estos trabajos tradicionalmente masculinos que, sin duda, tienen mayor empleabilidad que los que en la actualidad desempeñan las mujeres en prisión.

Por último, no debemos olvidar que la mujer es el sostén de la familia y que son ellas las que, aun en prisión, se hacen cargo del alimento y cuidado de los hijos menores no emancipados y de los ancianos. Proveer a las mujeres presas de trabajos mejor remunerados y con mayor empleabilidad permitirá que esas familias no queden desatendidas y que se pueda frenar una cadena de delincuencia que la formación y el empleo pueden combatir.

Si hay 4000 presas en España, se reclaman puestos de trabajo para el 50%, 2000 lo que dice la ley, y seguiremos guerreando para que por lo menos estas 2000 presas puedan tener un puesto de trabajo remunerado, que les permita mantener o ayudar a la economía de sus familias (hijos/hijas) fuera de la cárcel y el acceso a la formación en talleres productivos, que sean mixtos, para aprender una profesión, demandada por la sociedad en la vida civil, que les permita no tener que volver a pisar un centro penitenciario.

Y eso se llama reinserción.

 

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