01 diciembre 2022

Un año después…

En realidad, ha pasado más de un año desde que entró en vigor la Instrucción 6/2020, de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, con la denominación “Protocolo de ingreso directo en medio abierto” de aplicación a los 13 Centros de Inserción Social (denominados Independientes) y a los Establecimientos Penitenciarios con Centros de Inserción Social Dependientes o con Sección Abierta, que unifica y posibilita lo que se considera ingreso directo en un espacio de medio abierto.

Pero esta aventura se inició unos años antes, cuando las compañeras del SOAJP Zaragoza nos presentaron, en los Encuentros Estatales celebrados en Pamplona en el año 2015, un protocolo en el que trabajar para la consecución de otra forma de cumplimiento de las penas privativas de libertad, salvando los obstáculos advertidos, la discrecionalidad en su admisión y la discriminación geográfica existente, por cuanto, al no existir unos criterios unificados, había centros de inserción social donde se posibilitaba el acceso directo y en otros sencillamente se denegaba esta vía.

Y tras un largo camino, llegó el día de la puesta de largo y su entrada en vigor (Enero 2021), y aunque me consta que su redacción no fue del todo satisfactoria para mis compañeras mañas, al menos tras el informe realizado por la Secretaria General, sobre el impacto que la Instrucción ha tenido un año después de su puesta en funcionamiento, hemos podido comprobar que se ha efectuado su aplicación a 833 personas condenadas a penas privativas de libertad de hasta 5 años.

 

INGRESOS DIRECTOS CIS INDEPENDIENTES CIS DEPENDIENTES SECCIONES ABIERTAS TOTAL
HOMBRES 389 281 40 710
MUJERES 86 37 0 123
TOTAL 475 318 40 833

En breve, habrán pasado dos años de su funcionamiento y nos queda aún trabajo por hacer, porque de ese Informe, más el estudio pormenorizado llevado a cabo por la Subcomisión de Penitenciario del Consejo General de la Abogacía Española, sobre las prácticas llevadas a cabo en la aplicación del protocolo, también hemos podido confirmar que siguen existiendo obstáculos, centros donde no se facilita el acceso y mucha falta de recursos humanos y materiales, que hagan realidad su aplicación plena y eficaz; y por qué no en la mejora de la Instrucción.

Pero el trabajo más duro que nos queda es concienciar a la sociedad (y algunos compañeros y compañeras) que se echan las manos a la cabeza considerando que se trata de una especie de premio  o beneficio a la persona condenada, ignorando que estamos ante otra forma de cumplimiento de las penas privativas de libertad en centros penitenciarios, más acorde con las premisas promulgadas por nuestra constitución en su artículo 25.2 y que conforme a las conclusiones a las que llegamos en los Encuentros Estatales celebrados en Lugo en noviembre de 2021, en aquellos CIS y Secciones abiertas donde su aplicación se está realizando eficazmente, se obtiene un elevado éxito del tratamiento y evolución de las personas que realizan acceso directo a los mismos.

¡Ya ves Rebeca a dónde habéis llegado con aquella maravillosa aventura¡¡¡ Gracias

Mª Luisa Díaz Quintero
Vocal de la Subcomisión de Derecho Penitenciario del Consejo General de la Abogacía

Comparte: