Aportaciones la Abogacía sobre medidas para colectivos especialmente vulnerables tras el estado de alarma
La adopción de medidas por parte de la Justicia para atender de manera prioritaria a grupos vulnerables, tras las medidas de los sucesivos Estados de Alarma decretados para hacer frente a la pandemia COVID19, es una obligación y una necesidad. Es una necesidad para poder suavizar la extraordinaria congestión futura a la que se van a ver abocados su administración y sus órganos judiciales, tras la paralización de asuntos en los que, sin ir más lejos, se ven inmersos estos grupos de personas. Y es una obligación porque el hecho de no tener en cuenta las necesidades específicas de las personas que pertenecen a un grupo desfavorecido puede dar lugar a discriminación y la prohibición general de la discriminación debe implicar la adopción de medidas positivas para lograr la igualdad sustantiva y no provocar nuevas vulneraciones de derechos y libertades.