Informe sobre la obligación de inscripción de los profesionales
INFORME SOBRE LA OBLIGACIÓN DE INSCRIPCIÓN DE LOS PROFESIONALES QUE PRESTAN LOS SERVICIOS RELACIONADOS EN LA LETRA “O” DEL ARTÍCULO 2.1 DE LA LEY 10/2010 DE 28 DE ABRIL.
Aprobado por el Pleno del Consejo General de la Abogacía Española celebrado el día 7 de junio de 2019.
El Real Decreto-Ley 11/2018, de 31 de agosto, de transposición de la directiva en materia de prevención del blanqueo de capitales y terrorismo, introduce, entre otras modificaciones, una nueva redacción de la letra “o” del artículo 2.1 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, relativa a los denominados “prestadores de servicios a sociedades”, y una nueva Disposición Adicional que impone la obligación de inscribirse en el Registro Mercantil a aquellos profesionales que prestan los servicios descritos en la letra “o”,quienes deberán, además, informar anualmente de determinados extremos de su actividad sujeta.