Coronavirus y administración de la administración de justicia

Ante la confusión causada por el Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma ocasionada por el COVID-19, donde indistintamente se habla de la suspensión y de la interrupción de los términos y plazos administrativos y procesales, una correcta interpretación de la norma debe hacer pensar -solo- en su suspensión, mas no en suinterrupción; con todo lo que ello implica..

Comparte: