El reproche penal a los actos de desobediencia a agentes de la autoridad en el período de Estado de Alarma por el Coronavirus

El autor analiza un tema de absoluta actualidad como es el relativo a los actos de detención que se están produciendo por parte de agentes de la autoridad a aquellos ciudadanos que son interceptados por la policía al incumplir las órdenes de restricción de movimientos que fija el artículo siete del Real decreto 463/2020 en la situación de estado de alarma por la epidemia del coronavirus. Con ello, se analiza la doctrina jurisprudencial actual con respecto a los delitos de desobediencia y resistencia agente de la autoridad, así como el atentado, relacionándolo con la mera infracción administrativa, cuyas sanciones están reflejadas en el artículo 20 del Real Decreto citado. Todo ello, al objeto de diferenciar cuándo una conducta puede ser constitutiva de una respuesta de mera infracción administrativa y cuándo puede traspasar los límites y la frontera del incumplimiento administrativo para merecer un reproche penal como delito del artículo 550 o 556 del Código Penal.

Comparte: