Si en el estado de alarma dejo de cobrar el alquiler, ¿tengo que seguir ingresando el IVA?

La ansiada moratoria en el pago de los alquileres ha llegado con la publicación del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, pero ha dejado fuera a los arrendatarios de locales de negocio. El Real Decreto tan solo contempla medidas para las personas arrendatarias de vivienda habitual en situación de vulnerabilidad económica a causa del COVID-19.

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