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OPINIÓN
ticia de la Unión Europea en un caso seguido contra la
abogacía holandesa (Asunto C-309/99, J.C.J Wouters y
otros 1 , Sentencia de 19 de Febrero de 2002), puso de
manifiesto donde están los límites que no deben sobre-
pasarse ni confundirse entre unas profesiones y otras.
La independencia del abogado, como hemos recorda-
do, debe ser total y éste en ningún caso puede conver-
tirse en el “alter ego” de su cliente, como algunos equi-
vocadamente creen, pues la defensa de los intereses y
derechos jurídicos ajenos exige el distanciamiento preci-
so para responder con objetividad y eficacia. En ningún
caso el abogado puede confundir sus intereses con los
de sus clientes ni, menos aún, ayudarle en sus deseos o
pretensiones si éstos tienen por objeto delinquir u ocul-
tar, bajo apariencia de legalidad, una actividad crimi-
nal, en cuyo caso, se convertiría en cómplice del delito
de su cliente y sujeto de condena y aún de sanción dis-
ciplinaria por parte de su Colegio pues, como bien tiene
reconocida la jurisprudencia en Europa, en este caso no
procedería la prohibición “non bis in ídem” puesto que
la sanción penal le vendría impuesta como ciudadano,
mientras que la deontológica como miembro de una
profesión a la que la sociedad “le ha confiado nada más
y nada menos que la defensa de los derechos e intereses
jurídicos de todos nosotros”, como acertadamente sos-
tuvo una Sentencia de la Corte de Casación de Francia
al confirmar una sanción impuesta por el Decano del
Colegio de París a un abogado que había sido condena-
do por conducción etílica y por negarse a la prueba de
la alcoholemia en un acto de servicio de su profesión.
La limitación propia de un artículo de revista impide
atender a todo aquello que precisa el derecho de defen-
sa para su eficaz ejercicio, tanto para preservar la pre-
sunción de inocencia que es ya un derecho fundamental
en la mayoría de los países europeos y no un principio
amparado en el beneficio de la duda (in dubio pro reo),
como también para el castigo de los que delinquen y
socavan con su actitud y comportamiento los cimien-
tos mismos del Estado y de sus derechos fundamentales,
garantía de las libertades cívicas largamente anheladas
que deben conjugarse con los derechos socialmente exi-
gidos en una sociedad civilizada.
A lo largo de la historia la Abogacía ha tenido que
adaptarse y responder a los retos que se le han plantea-
do, que no son otros que contribuir al progreso de la
humanidad hacia una sociedad cada día más justa. La
aspiración a la justicia que, en definitiva, lo es a la igual-
dad y la solidaridad entre las personas y los pueblos pre-
cisa, hoy más que nunca, del concurso de sus abogados.
Sólo si respondemos a ello en forma individual, pero
también colectiva, a través de nuestros Colegios e Ins-
tituciones que los representan podremos presentarnos
ante la sociedad y nuestros clientes como garantía de
excelencia profesional, que es lo que la sociedad nos
demanda. l
1 El Sr. Wouters, Arthur Andersen & Co. Belastingadviseurs y
Arthur Andersen & Co. Accountants y el Sr. Savelbergh y Price
Waterhouse Belastingadviseurs BV contra Algemene Raad van
de Nederlandse Orde van Advocaten.
14 _ Abogacía Española _ Noviembre 2016
TECNOLOGÍA, CIENCIA Y DERECHO:
LA REVOLUCIÓN
QUE VIENE
E l estamento jurídico, como
todos los demás estamentos
sin excepción alguna, van
a tener que plantearse con
rigor cuál puede ser y cuál
debe ser su protagonismo
ANTONIO en una sociedad en donde
GARRIGUES se están produciendo con-
WALKER vulsiones políticas y socio-
lógicas inquietantes, y una
Abogado revolución tecno-científica
cuya profundidad y alcan-
ce desconocemos. Temas
como la robótica, la nano-
tecnología, la manipulación
genética, el espacio digital
y su vulnerabilidad, y otros
muchos se integran en el mundo de la inteligencia artifi-
cial sobre el que transcribo a continuación algunas ideas
básicas que he expuesto en artículos y conferencias para
luego relacionarlas con la problemática legal.
Stephen Hawking ha planteado la confrontación en
términos dramáticos: “La inteligencia artificial puede
suponer el fin de la humanidad”. Según este científico
los sistemas avanzados de inteligencia artificial tendrán
la capacidad de “tomar el control de los mismos, redi-
señándose a un ritmo que aumentará cada vez más”,
un ritmo que “los humanos, limitados por su evolución
biológica, no podrán seguir y serán superados”.
Ray Kurzweil -para algunos un visionario narcisista
y para Bill Gates “el mejor predictor del futuro de la
inteligencia artificial”- tiene una visión más optimista
sobre el futuro de la raza humana aunque acepta que
en el 2029 los computadores alcanzarán nuestro nivel
de inteligencia.
Entre estas dos posturas hay opiniones de todo género
y para todos los gustos. El Wall Street Journal reunió
recientemente a varios expertos para debatir estos te-
mas. Un directivo de IBM, Guruduth Banavar, cree que
el “peligroso” conflicto entre máquinas y seres humanos
es un conflicto falso alimentado por las películas y las
novelas de ciencia ficción y que lo que ha mejorado y
va a seguir haciéndolo es la colaboración entre ambos
y que esa sinergia ha dado lugar ya a avances especta-
culares y seguirá haciéndolo en el futuro. Las máquinas
aportarán lo que no pueden hacer los humanos -y en
concreto el manejo de datos masivos, los “bigdata”- y