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EL ARTE DE ABOGAR III
ABOGAR EN LA MEDIACIÓN,
EL DEBER DE CONCORDIA
Si todos los abogados fueran pacificadores entre los
hombres, nunca habría demasiados abogados.
bitos intrajudiciales. Son, métodos idóneos o adecuados
para algunos conflcitos en lo que el abogado de parte
puede actuar y debe hacerlo desde su arte de abogar.
Abraham Lincoln (Speeches & Letters of Abraham Lincoln, 1832-1865).
En la mediación, los abogados y abogadas de parte,
tambien continúan teniendo el transce-
dental encargo de ofrecer y procurar a su
cliente el consejo, acompañamiento y di-
a creciente actividad legisla-
rección jurídica. Debiendo en consecuen-
tiva sobre mediación ha pues-
cia, participar de forma activa en los mis-
to de manifiesto la importan-
mos. En algunos ámbitos de la mediación
cia de los llamados métodos
no se concibe su desarrollo y actividad sin
alternativos de resolución de
la presencia del abogado de parte. Es más,
conflictos y su incidencia en
en muchas ocasiones las personas jurídi-
la actividad profesional de la abogacía.
ARTURO cas son representadas por abogados. Tal
Muchos son los que hablan bien de la me-
ALMANSA y como ocurre con frecuencia en la medi-
diación y de sus excelencias. Se demanda
Abogado y mediador
ación mercantil o comercial.
su utilizacion por parte de unos y otros
Este deber de defensa, consejo jurídico
como si fuera la “pócima de Fierabrás”,
y la obligación de proteger los intereses
capaz de remediar toda clase de cuitas y
del cliente son la esencia y naturaleza del
conflictos, y sin embargo, a la vez, se in-
abogado, y tiene en la mediación y arbit-
voca a la Autoridad, al Poder al Derecho, a
raje cumplida justificacion, resultando ser
los Tribunales y a los intereses de todos en
oportunidad y causa del “abogar” en tales
una extraña e incomprensible miscelánea,
métodos de resolución.
donde se cuestiona el papel del abogado,
Muchas veces, y con lamentable reit-
incluso en muchas ocasiones se le pide a
eracion, se constata el desconocimiento por parte de los
éste, que se aleje de los llamados metodos alternativos,
propios letrados del papel que les corresponde en la me-
porque será la persona mediadora o el árbitro quienes
diación, ignorándose las funciones, competencias y el
tomarán -directamente o de forma solapada- las riendas
encargo profesional que se les encomienda en esta situ-
del conflicto y su solución, postergando al acta final o
ación en las que no son ni árbitro, ni persona mediadora.
laudo el dar cuenta al jurista de cómo terminó el asunto.
Quizás, ello se deba a un endémico malentendido sobre
Brevemente, trataré de examinar el quehacer del
cuál es el papel que corresponde al abogado en la me-
abogado en la mediación como método regulado para
diación y un mal elaborado concepto -raquitico y muti-
la gestión conflictual. Subrayando el papel e interven-
lado- del insustituible papel del abogado en el acceso a
ción profesional de quienes sin ser árbitro o mediador
la justicia. Solo asi como podemos explicar esta falta de
del conflicto, actúan por imperativo deontológico en
intervención profesional por parte de muchos abogados,
el papel que corresponde al “abogado de parte” en
quienes ven con recelo la mediación, y a algunas institu-
los llamados “métodos alternativos de resolucion de
ciones de mediación o mediadores que no terminan de
conflictos”. Denominados de forma trasnochada como
conocer el transcendental papel el abogado asistiendo
alternativos o complementarios al proceso judicial de
carácter adversarial. Estos métodos tienen identidad
en la defensa de los intereses de su cliente.
propia, y no es necesario que se les asocie como alter-
El planteamiento precedente se constata por ejemplo,
nativos o subsidiarios de otros métodos de gestión de
en la formación de los abogados como mediadores. Fre-
conflictos. Ni si quiera que precisen su ubicación en am-
cuentemente muchos de los alumnos desean conocer
L 38 _ Abogacía Española _ Noviembre 2017