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FUNDACIÓNABOGACÍA
LA ABOGACÍA, UNA PROFESIÓN
DE RIESGO EN CHINA
MIKEL CÓRDOBA,
Responsable del área de Defensa de la Defensa
de la Fundación Abogacía Española
MARÍA BAEZA,
Coordinadora de China en Amnistía
Internacional-Sección España
E l pasado 13 de agosto el abogado
Gao Zhiseng fue detenido y sólo se
sabe que fue trasladado a Pekín,
según la escueta información que
las autoridades chinas facilitaron a
uno de sus familiares. En la fecha
actual, se desconoce cuál es su estado de salud, los
hechos que se le atribuyen así como las razones
motivadoras de su detención.
La aplicación de la medida de “vigilancia domi-
cialiaria en lugar designado“permite a las autori-
dades policiales detener a una persona y mante-
nerla bajo custodia hasta 6 meses en incomunica-
ción sin contacto alguno con sus familiares ni su
defensa letrada. Las familias sí conocen al parecer
la circunstancia de la detención pero no reciben
ninguna información sobre el paradero exacto, su
estado de salud, los hechos que se atribuyen y las
razones que motivan la detención. Lamentable-
mente, persisten los casos en los que las personas
detenidas denuncian haber sido sometidas tortu-
ras y/o malos tratos inhumanos o degrandante, y
las confesiones obteidas en ese tiempo son acepta-
das en el proceso penal abierto en su contra.
No se trata de la primera vez que Gao Zhiseng
padece las consecuencias de las medidas admi-
nistrativas y judiciales impuestas en su contra
por parte de unas autoridades que lo condenan
al ostracismo por ejercer su doble condición de
ciudadano y abogado en un entorno concebido
para negar el pleno ejercicio de los derechos y li-
bertades fundamentales. De hecho en el 2005 Gao
Zhisheng vio revocada su licencia para ejercer la
profesión por decisión del Departamento de Jus-
58 _ Abogacía Española _ Noviembre 2017
ticia Municipal de Pekín. Esto hecho lo obligó
a suspender las actividades de su bufete de abo-
gados, Shengzhi, por las que había obtenido un
notable reconocimiento público. Desde entonces
habría sido detenido en numerosas ocasiones e
incluso condenado a cumplir tres años de cárcel
y cinco años de suspensión acusado de incitar a la
subversión del poder del Estado.
Los hechos cuentan con antecedentes de casos
similares o análogos, particularmente relaciona-
dos con la ola de detenciones iniciada en la noche
del 09 de julio del 2015, cuando numerosos abo-
gados y abogadas penalistas y defensoras de de-
rechos humanos fueron privadas de libertad tras
haber señalado las autoridades al bufete Fengrui
Law Firm, de Pekín, como parte de una organiza-
ción criminal. Entre el 9 de julio y el 22 de sep-
tiembre un total de 245 personas, entre abogacía
y activistas de derechos humanos, habían pasado
por las dependencias policiales y 30 continuaban
bajo custodia policial. Precisamente, las detencio-
nes se produjeron bajo la sospecha al igual que en
el caso de Gao Zhiseng de “subversión contra el
poder del Estado” lo que puede suponer hasta 15
años de cárcel. Como cabía esperar, desde enton-
ces se han sucedido las condenas y un número ele-
vado abogados se encuentran a la espera de juicio.
En la denuncia que realizamos a través de estas
líneas Amnistía Internacional y la Fundación Abo-
gacía Española, no planteamos emitir un juicio
sobre los indicios de los que se deduciría la parti-
cipación del abogado en determinados hechos ni
tan siquiera nos pronunciamos sobre la califica-
ción del tipo penal. El motivo que nos moviliza en
solidaridad con la abogacía investigada, detenida
y procesada es la defensa de las garantías proce-
sales y la equidad de un proceso que debe contar
con las medidas de salvaguardia necesarias para
prevenir la obtención de confesiones bajo tortu-
ra o violencia, excluyendo así la legalidad de la
prueba obtenida por medio de práctica lesivas
contrarias a lo dispuesto en el Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos y la Convención
contra la tortura y otros tratos o penas crueles,
inhumanas o degradante que la República Popular
China ha firmado y ratificado. l